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AUTONOMICA

VILLANUEVA DE OSCOS/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN

Otras actuaciones de carácter económico

La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión de las instalaciones de depuración, especialmente en pequeñas localidades donde muchas de estas instalaciones están abandonadas o en mal estado. La resolución también incluye la evaluación de impacto ambiental para proyectos de concentración parcelaria en la zona de Sangoñedo-El Fresno, determinando que no es necesario someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, aunque sí a una evaluación preliminar.

BDNS: 903603 | Registro: 2026-05-05

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía global máxima de las aportaciones y ayudas dependerá del crédito disponible, no excediendo de la consignación establecida en los presupuestos correspondientes.
% Subvención Las aportaciones cubrirán los costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones, así como gastos de inversión, con un límite que dependerá de la disponibilidad del canon recaudado.
Forma de Pago Se permite solicitar un pago anticipado del 50% de la aportación o ayuda. El segundo pago se realizará una vez justificado el gasto correspondiente al primer anticipo.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones de depuración, así como gastos de inversión necesarios para su puesta en funcionamiento. Se excluyen gastos no relacionados con la finalidad de la subvención.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas ayudas son los concejos y entidades públicas que sean titulares de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, no consideradas de interés regional. Deben cumplir con la obligación de facturar, recaudar y liquidar el canon de saneamiento de manera periódica. Se requiere que las entidades estén al corriente de sus obligaciones fiscales y que presenten la documentación necesaria para justificar su solicitud.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas recibidas no podrán superar el coste real de la actuación y no se podrán destinar a otros conceptos distintos a los previstos. Se establece que las aportaciones y ayudas no podrán ser acumulativas con otras ayudas de administraciones públicas que superen el coste real de la actuación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben conservar, mantener y explotar eficazmente las instalaciones de depuración, informar periódicamente sobre su funcionamiento y comunicar cualquier anomalía. Además, deben permitir la inspección por parte de la Junta de Saneamiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará en función de la adecuación a las necesidades de depuración y de inversión de cada núcleo. Se valorarán los costes de explotación, mantenimiento y conservación, así como los gastos de inversión, considerando aspectos como la población servida, la idoneidad de los resultados de depuración y los beneficios para el medio ambiente.

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Referencia de la Convocatoria
VILLANUEVA DE OSCOS/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN
Resumen: La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión de las instalaciones de depuración, especialmente en pequeñas localidades donde muchas de estas instalaciones están abandonadas o en mal estado. La resolución también incluye la evaluación de impacto ambiental para proyectos de concentración parcelaria en la zona de Sangoñedo-El Fresno, determinando que no es necesario someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, aunque sí a una evaluación preliminar.
BDNS: 903603