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ESTADO

Subvenciones Juntas Arbitrales de Consumo 2026

Otras Prestaciones económicas

La presente orden tiene como objetivo la convocatoria de subvenciones para el fomento de la actividad de las Juntas Arbitrales de Consumo durante el ejercicio 2026. Estas subvenciones están destinadas a garantizar los derechos de los consumidores en todo el territorio nacional y a fomentar la resolución extrajudicial de conflictos a través del arbitraje. Se financiarán gastos relacionados con la gestión y administración del arbitraje de consumo, así como las funciones atribuidas a las Juntas Arbitrales. La distribución del crédito se realizará de forma lineal y competitiva, priorizando la gestión efectiva de las Juntas. Se requiere que las Juntas tengan convenios en vigor y que presenten una memoria de actividades y gastos para justificar la subvención solicitada.

BDNS: 898824 | Registro: 2026-04-14

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total destinado a las ayudas es de 1.230.180,00 euros para Juntas Arbitrales adscritas a administraciones autonómicas y 1.200.480,00 euros para las adscritas a administraciones locales.
% Subvención El 40% del importe global se distribuirá de forma lineal entre las beneficiarias, mientras que el 60% restante se repartirá según criterios de valoración establecidos.
Forma de Pago El abono de la subvención se realizará en un solo pago, previa acreditación de que la beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Se financiarán gastos relacionados con la gestión y administración del arbitraje de consumo, incluyendo personal, materiales, y otros gastos necesarios para el funcionamiento de las Juntas Arbitrales de Consumo.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las Juntas Arbitrales de Consumo que tengan un convenio en vigor en el momento de la solicitud. Dado que estas Juntas no tienen personalidad jurídica, la Administración Pública a la que están adscritas será la que reciba la subvención. Es necesario que las Juntas cumplan con los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones, incluyendo estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Además, deben presentar la documentación requerida, como la memoria de actividades y gastos del ejercicio anterior.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada y se cumplan las condiciones establecidas en la normativa aplicable.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las Juntas beneficiarias deben mantener el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, justificar el uso de la subvención mediante memoria de actuación y memoria económica, y presentar la documentación requerida en los plazos establecidos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración para el 60% del crédito restante son: a) Número de solicitudes de arbitraje recibidas en el ejercicio anterior (30%), b) Número de laudos arbitrales dictados (30%), c) Número de mediaciones efectuadas (15%), d) Ofertas Públicas de Sometimiento en vigor (15%), e) Cantidades abonadas a miembros de los Colegios Arbitrales (10%).

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones Juntas Arbitrales de Consumo 2026
Resumen: La presente orden tiene como objetivo la convocatoria de subvenciones para el fomento de la actividad de las Juntas Arbitrales de Consumo durante el ejercicio 2026. Estas subvenciones están destinadas a garantizar los derechos de los consumidores en todo el territorio nacional y a fomentar la resolución extrajudicial de conflictos a través del arbitraje. Se financiarán gastos relacionados con la gestión y administración del arbitraje de consumo, así como las funciones atribuidas a las Juntas Arbitrales. La distribución del crédito se realizará de forma lineal y competitiva, priorizando la gestión efectiva de las Juntas. Se requiere que las Juntas tengan convenios en vigor y que presenten una memoria de actividades y gastos para justificar la subvención solicitada.
BDNS: 898824