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LOCAL

Subvenciones Asociaciones Juveniles 2026

Otras actuaciones de carácter económico

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones a asociaciones juveniles municipales para financiar programas y actividades dirigidas a la población joven entre 12 y 30 años, en el ámbito del ocio educativo y tiempo libre. Se busca apoyar a estas asociaciones en la realización de actividades que fomenten valores de ocio responsable y educativo, así como la participación juvenil en el municipio. La subvención total asciende a 2400 euros, con un límite de 1200 euros por asociación. Las actividades subvencionables deben desarrollarse entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, y se enmarcan en áreas como formación, uso de nuevas tecnologías, hábitos de vida saludable, fomento del asociacionismo, campamentos y jornadas lúdicas.

BDNS: 897265 | Registro: 2026-04-07

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 1200 euros, y el total de la convocatoria es de 2400 euros.
% Subvención Se subvencionará hasta el 80% de cada uno de los conceptos del presupuesto presentado, con un tope de 1200 euros por asociación.
Forma de Pago La subvención se abonará en un solo pago una vez se justifique la subvención y tras la correspondiente valoración y resolución al respecto.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el periodo de la convocatoria. Se excluyen gastos de telefonía, luz, agua y gasolina. Los gastos de alimentos son admisibles si están directamente relacionados con la actividad subvencionada, como en campamentos donde la comida está incluida. Se debe justificar el 100% de los gastos presentados.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las asociaciones juveniles que estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades y que tengan al menos un año de antigüedad. Deben carecer de ánimo de lucro y estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Además, no deben tener deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de El Campello. Se requiere que hayan tenido actividad en el municipio en el último año, lo cual debe ser acreditado documentalmente si se solicita.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención no podrá superar el coste de la actividad a desarrollar y se deberá indicar expresamente las subvenciones solicitadas y concedidas a otros organismos para la misma finalidad. La falta de justificación de los gastos tendrá consecuencias estipuladas en la convocatoria.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con el objetivo de la subvención, justificar los gastos, someterse a comprobaciones, comunicar la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad, y dar publicidad al carácter público de la financiación. También deben conservar la documentación justificativa y proceder al reintegro de fondos si se dan causas de reintegro.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán en función de los criterios establecidos en la convocatoria, priorizando aquellas que cumplan con las condiciones de la misma. En caso de que no se adjudique la totalidad del presupuesto, el remanente se repartirá entre las asociaciones que hayan presentado correctamente la justificación. Se considerará la proporción de gastos justificados y la capacidad de la entidad para cumplir con los objetivos de la subvención.

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones Asociaciones Juveniles 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones a asociaciones juveniles municipales para financiar programas y actividades dirigidas a la población joven entre 12 y 30 años, en el ámbito del ocio educativo y tiempo libre. Se busca apoyar a estas asociaciones en la realización de actividades que fomenten valores de ocio responsable y educativo, así como la participación juvenil en el municipio. La subvención total asciende a 2400 euros, con un límite de 1200 euros por asociación. Las actividades subvencionables deben desarrollarse entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, y se enmarcan en áreas como formación, uso de nuevas tecnologías, hábitos de vida saludable, fomento del asociacionismo, campamentos y jornadas lúdicas.
BDNS: 897265