AUTONOMICA
Subvenciones a fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro para programas de salud de pacientes y familiares, dirigidos a la mejora de problemas de salud durante el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre de
Sanidad
La Resolución 51E/2026 establece la convocatoria de subvenciones para fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro, enfocadas en programas de salud para pacientes y sus familiares. El objetivo es mejorar problemas de salud mediante la creación de grupos de autoayuda y la implementación de programas de prevención y promoción de la salud, alineados con el Plan de Salud vigente y la Estrategia Navarra de Atención Integrada a Pacientes Crónicos y Pluripatológicos. Las actividades subvencionadas deben realizarse entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, excluyendo temas relacionados con VIH-SIDA y adicciones.
BDNS: 882915
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Registro: 2026-01-22
Análisis Económico
Importe Máximo
El total de la convocatoria es de 642.013 euros, con un límite de 10% por entidad.
% Subvención
Hasta un 10% del total del importe total subvencionable, con un límite del 3% para programas no estrictamente sanitarios.
Forma de Pago
Se puede solicitar un anticipo si se justifica la necesidad de fondos. El abono se realizará tras la justificación técnica y económica de la actividad, con un plazo de justificación hasta el 18 de noviembre de 2026.
Gastos Subvencionables
Se incluyen gastos directos como material fungible, personal, alquiler de locales, gastos indirectos hasta un 25% de la cantidad solicitada, y gastos de atención a personas que no puedan cuidarse. No se subvencionan gastos inventariables, actividades realizadas por servicios públicos, inversiones, publicidad, viajes no relacionados, formación no vinculada, y otros gastos específicos detallados en la base 3.2.
Requisitos y Beneficiarios
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los beneficiarios son fundaciones, cooperativas de iniciativa social y asociaciones sin ánimo de lucro debidamente inscritas en los registros correspondientes. Deben desarrollar programas de salud o grupos de autoayuda dirigidos a personas con enfermedades crónicas o pluripatológicas y sus familiares. Es necesario estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Las entidades no deben estar incursas en circunstancias que excluyan la posibilidad de recibir subvenciones según la Ley Foral 11/2005. Además, deben presentar una Declaración de Transparencia.
✅ Compatibilidad y Concurrencia
Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, excepto con aquellas otorgadas por el Departamento de Salud para la misma finalidad. El importe total de subvenciones no puede superar el coste total del proyecto.
Detalles Técnicos
Obligaciones Clave
Las entidades deben justificar el desarrollo de las actividades, comunicar otras ayudas recibidas, incluir el logotipo del Gobierno de Navarra en las acciones, y garantizar el uso de lenguaje inclusivo. También deben cumplir con las obligaciones de transparencia y comunicar cualquier alteración en la ejecución de la actividad.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los programas se valorarán en una escala de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener al menos 30 puntos para ser subvencionables. Se valorará la concordancia con objetivos de salud, la calidad del proyecto, el impacto previsto, la metodología y evaluación, la idoneidad de la entidad, la participación comunitaria, la cofinanciación y la capacidad técnica. Se especifican criterios detallados en el Anexo 3.