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Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos culturales, 2026

Cultura

El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en Tenerife para la realización de proyectos culturales durante el año 2026. Las líneas de actuación incluyen la creación, producción, difusión y conservación de actividades culturales, artísticas o creativas, abarcando áreas como la literatura, el audiovisual, el diseño, la música, las artes escénicas y visuales. La finalidad es consolidar la competitividad de la oferta cultural, facilitar el acceso a la ciudadanía, estimular la modernización del sector y fomentar la creación cultural contemporánea. Se excluyen actividades que ya cuenten con financiación de otras convocatorias, programas festivos anuales, cursos de formación, proyectos museísticos, y actividades comerciales asociadas a eventos.

BDNS: 908492 | Registro: 2026-05-27

Análisis Económico

Importe Máximo Máximo de 120.000€ para modalidad A, 175.000€ para modalidad B, 189.000€ para modalidad C, y 190.000€ para modalidad D.
% Subvención Hasta el 60% para los primeros 25.000€, 50% para la parte entre 25.001€ y 50.000€, 40% para la parte que supere 50.000€ hasta un máximo de 12.500€, y 30% para proyectos de especial relevancia con presupuesto superior a 100.000€ hasta un total de 80.000€.
Forma de Pago El pago se realizará en un único pago mediante transferencia bancaria tras la resolución de concesión, sin necesidad de garantía. El beneficiario debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para recibir el pago.
Gastos Subvencionables
Gastos estrictamente necesarios para el proyecto, incluyendo gastos financieros y de expertos, hasta un 20% en personal y publicidad, y hasta un 15% en gastos de edición y montaje de exposiciones. No se subvencionan gastos de material inventariable, servicios de profesionales que sean miembros directivos de la entidad, y actividades fuera de Tenerife.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones, fundaciones y ONGs sin ánimo de lucro con sede en Tenerife, constituidas antes del 1 de enero de 2026, cuyo objeto social esté relacionado con actividades culturales. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener deudas por reintegro de subvenciones. Se permite la presentación de hasta dos solicitudes por solicitante.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. En caso de que se supere, se reducirá la aportación del Cabildo.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias, no tener deudas por reintegro, justificar el uso de los fondos, dar publicidad a la subvención, y conservar la documentación justificativa.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Calidad e interés del proyecto (50 puntos), 2) Trayectoria del solicitante (20 puntos), 3) Presupuesto de la actividad (20 puntos), 4) Calidad de la documentación y sensibilización en políticas de igualdad (10 puntos). Se requiere una puntuación mínima de 60 puntos para modalidades A, B y C, y 70 puntos para modalidad D.

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos culturales, 2026
Resumen: El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en Tenerife para la realización de proyectos culturales durante el año 2026. Las líneas de actuación incluyen la creación, producción, difusión y conservación de actividades culturales, artísticas o creativas, abarcando áreas como la literatura, el audiovisual, el diseño, la música, las artes escénicas y visuales. La finalidad es consolidar la competitividad de la oferta cultural, facilitar el acceso a la ciudadanía, estimular la modernización del sector y fomentar la creación cultural contemporánea. Se excluyen actividades que ya cuenten con financiación de otras convocatorias, programas festivos anuales, cursos de formación, proyectos museísticos, y actividades comerciales asociadas a eventos.
BDNS: 908492