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ESTADO

Subvenciones a entidades asociativas del sector agrario y alimentario, para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español, así como su integración en entidades de ámbito europeo

Agricultura, Pesca y Alimentación

La Orden APA/649/2025 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas del sector agrario y alimentario en España. Su objetivo es financiar actividades de representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como actividades específicas de interés para el sector agroalimentario. Las ayudas se gestionan de forma centralizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se otorgan en régimen de concurrencia competitiva. Las entidades beneficiarias deben ser sin ánimo de lucro y cumplir con ciertos requisitos legales. Las actividades subvencionables incluyen la participación en grupos de trabajo, reuniones institucionales y la realización de proyectos específicos. La convocatoria para el año 2026 se basa en estas bases y establece un presupuesto total de 875.750 euros para las ayudas.

BDNS: 890368 | Registro: 2026-03-02

Análisis Económico

Importe Máximo El presupuesto total para las ayudas es de 875.750 euros, con un límite mínimo de 700 euros por línea de subvención.
% Subvención Las ayudas se distribuyen de la siguiente manera: 8% para actividades de representación ante la Administración, 25% para cuotas a organizaciones de la UE, y 67% para actividades específicas de interés. Se requiere un mínimo de 30 puntos para acceder a las ayudas.
Forma de Pago Los pagos se realizan tras la justificación de los gastos, que debe presentarse antes del 20 de noviembre de cada año. Se permite la justificación simplificada para subvenciones inferiores a 60.000 euros.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal, alquiler de locales, material consumible, imprenta, publicidad, desplazamientos, alojamiento, manutención, y otros gastos directamente relacionados con la actividad. Los gastos indirectos no pueden superar el 25% del total. No se subvencionan bienes inmuebles ni gastos de presentación de actividades.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades asociativas agroalimentarias de ámbito estatal y carácter representativo, incluyendo Consejos Reguladores y Comunidades de Regantes. No pueden ser beneficiarias aquellas entidades que tengan convenios con el Ministerio que incluyan actividades de representación o que reciban ayudas específicas para sus gastos ordinarios. Los requisitos incluyen carecer de fines de lucro, no estar incursas en limitaciones según la Ley General de Subvenciones, y no ser deudoras por reintegro. Las entidades deben presentar documentación que acredite su condición y cumplimiento de requisitos.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que el total no supere el coste total de la actividad. No se pueden percibir subvenciones superiores a los gastos estructurales del ejercicio anterior.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben acreditar la realización de las actividades subvencionadas, comunicar la obtención de otras ayudas, y facilitar información al Tribunal de Cuentas. La justificación de gastos debe presentarse antes del 20 de noviembre.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: participación en grupos de trabajo (hasta 50 puntos), participación en reuniones institucionales (hasta 50 puntos), y para actividades específicas, la dimensión territorial y adecuación a la política agroalimentaria (cada uno hasta 50 puntos). Se requiere un mínimo de 30 puntos para acceder a las ayudas.

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones a entidades asociativas del sector agrario y alimentario, para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector agroalimentario español, así como su integración en entidades de ámbito europeo
Resumen: La Orden APA/649/2025 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas del sector agrario y alimentario en España. Su objetivo es financiar actividades de representación ante la Administración General del Estado y la Unión Europea, así como actividades específicas de interés para el sector agroalimentario. Las ayudas se gestionan de forma centralizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se otorgan en régimen de concurrencia competitiva. Las entidades beneficiarias deben ser sin ánimo de lucro y cumplir con ciertos requisitos legales. Las actividades subvencionables incluyen la participación en grupos de trabajo, reuniones institucionales y la realización de proyectos específicos. La convocatoria para el año 2026 se basa en estas bases y establece un presupuesto total de 875.750 euros para las ayudas.
BDNS: 890368