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ESTADO

Subvenciones a Asociaciones de Criadores 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

La presente orden convoca subvenciones para el ejercicio 2026 destinadas a asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. Estas subvenciones tienen como objetivo contribuir al desarrollo de programas de cría que sean de interés público, social, económico y medioambiental. Se establece un régimen de concurrencia competitiva y se prevé una financiación total de 4.750.000 euros.

BDNS: 894160 | Registro: 2026-03-19

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total de la convocatoria es de 4.750.000 euros, sin especificar límites individuales por solicitud o entidad en el documento.
% Subvención La intensidad de la subvención se detalla en el artículo 13 del Real Decreto 794/2021, que establece límites por conceptos específicos.
Forma de Pago El pago de las subvenciones se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 794/2021, que incluye anticipos y pagos tras la justificación de los gastos.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables se especifican en el artículo 12 del Real Decreto 794/2021, aunque no se detallan en el documento analizado. Se espera que incluyan costes relacionados con la conservación y mejora de razas ganaderas.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarios las asociaciones de criadores que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 794/2021, que no estén inmersas en un procedimiento de retirada del reconocimiento oficial y que gestionen adecuadamente un programa de cría. Además, deben cumplir con las obligaciones del artículo 5 de dicho Real Decreto y realizar actividades subvencionables desde la presentación de la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2026.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas siempre que se refieran a costes subvencionables diferentes o que la acumulación no supere la intensidad de ayuda o el importe máximo aplicable según el Reglamento (UE) n.º 651/2014.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener los requisitos y obligaciones establecidos en el Real Decreto 794/2021, justificar los gastos, y comunicar cualquier otra ayuda solicitada o concedida. También deben cumplir con las normativas de subcontratación y reintegro en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará según los criterios y baremos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 794/2021. Se considerará el período de referencia hasta el 31 de diciembre de 2024, utilizando datos del Sistema Nacional de Información de Razas (ARCA).

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones a Asociaciones de Criadores 2026
Resumen: La presente orden convoca subvenciones para el ejercicio 2026 destinadas a asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. Estas subvenciones tienen como objetivo contribuir al desarrollo de programas de cría que sean de interés público, social, económico y medioambiental. Se establece un régimen de concurrencia competitiva y se prevé una financiación total de 4.750.000 euros.
BDNS: 894160