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LOCAL

SUBVENCIÓN PEÑA «HERMANDAD DE LA ESPERANZA»

Cultura

El objeto del convenio es la concesión de una subvención de 2.000 euros por parte del Ayuntamiento de Fuengirola a la Peña Hermandad y Cofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús en su Entrada a Jerusalén, Nuestro Padre Jesús de Pasión, María Santísima de la Esperanza y María Santísima de la Soledad, para financiar el sostenimiento de los gastos de funcionamiento y la mejora de sus instalaciones y actividades. Esta colaboración busca promover y conservar las tradiciones culturales del municipio, y se enmarca dentro de las competencias del Ayuntamiento en materia cultural y de subvenciones. La subvención se concede mediante un procedimiento de concesión directa y nominativa, y está sujeta a condiciones específicas que deben cumplir los beneficiarios.

BDNS: 906255 | Registro: 2026-05-18

Análisis Económico

Importe Máximo 2.000 euros por solicitud.
% Subvención 100% de los gastos de funcionamiento y mejora de instalaciones, hasta un importe máximo de 2.000 euros.
Forma de Pago La subvención se abonará en un único pago anticipado, sin necesidad de presentar garantía.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los gastos de funcionamiento de la Peña, mantenimiento y mejora de instalaciones, así como actividades culturales. Todos los gastos deben estar debidamente justificados con facturas y documentos equivalentes.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de la subvención son la Peña Hermandad y Cofradía mencionada, que debe cumplir con ciertos requisitos: ser una entidad legalmente constituida, realizar actividades que contribuyan a la promoción de las tradiciones culturales de Fuengirola, y estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Además, deben presentar la justificación de la aplicación de los fondos en la fecha límite establecida.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que se informe al Ayuntamiento y se justifique que los gastos no han sido utilizados para justificar otras subvenciones.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen: realizar la actividad subvencionada, someter las actuaciones a comprobación por el Ayuntamiento, presentar la justificación de la subvención en la fecha límite, cumplir con la normativa aplicable, y reintegrar los fondos en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La concesión se basa en la necesidad de la actividad para el municipio y el cumplimiento de las condiciones establecidas en el convenio. No se especifican baremos de puntuación, pero se requiere la presentación de una memoria de actuación y una relación de gastos para justificar el uso de los fondos.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCIÓN PEÑA «HERMANDAD DE LA ESPERANZA»
Resumen: El objeto del convenio es la concesión de una subvención de 2.000 euros por parte del Ayuntamiento de Fuengirola a la Peña Hermandad y Cofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús en su Entrada a Jerusalén, Nuestro Padre Jesús de Pasión, María Santísima de la Esperanza y María Santísima de la Soledad, para financiar el sostenimiento de los gastos de funcionamiento y la mejora de sus instalaciones y actividades. Esta colaboración busca promover y conservar las tradiciones culturales del municipio, y se enmarca dentro de las competencias del Ayuntamiento en materia cultural y de subvenciones. La subvención se concede mediante un procedimiento de concesión directa y nominativa, y está sujeta a condiciones específicas que deben cumplir los beneficiarios.
BDNS: 906255