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Subvención para la organización, promoción y difusión de actividades de interés general dentro del concejo de Cabranes para el ejercicio 2026

Cultura

La Resolución Nº 60 de 04/05/2026 convoca subvenciones para la organización, promoción y difusión de actividades de interés general en el Concejo de Cabranes. Estas ayudas están dirigidas a entidades o personas que realicen actividades que beneficien a los habitantes del municipio. Se establece un procedimiento de solicitud que incluye la presentación de una memoria explicativa, un presupuesto estimativo y una declaración del representante de la entidad solicitante. La subvención se concede por el Alcalde y puede ser revocada si no se justifican adecuadamente los gastos. Se prevé un importe total de 10.000 euros para esta convocatoria, con un procedimiento de concurrencia competitiva basado en criterios de valoración específicos.

BDNS: 903243 | Registro: 2026-05-04

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de la convocatoria es de 10.000 euros, sin especificar un límite por solicitud o entidad.
% Subvención La subvención no podrá ser superior al coste real de la actividad subvencionada. No se especifica un porcentaje fijo, pero se establece que la cuantía se determinará en función de los puntos obtenidos en la evaluación.
Forma de Pago Los beneficiarios deben presentar facturas justificativas antes de recibir el importe de la ayuda. Se puede anticipar el importe de la subvención bajo condiciones excepcionales, que deben ser justificadas en la solicitud.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen, pero no se limitan a, gastos de personal, materiales, obras y otros gastos relacionados con la actividad. Se debe presentar un presupuesto estimativo agrupando los ingresos y gastos en conceptos generales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser tanto personas físicas como jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de interés general en el municipio de Cabranes. Es necesario que los solicitantes no tengan deudas con el Ayuntamiento ni subvenciones pendientes de justificar. Además, deben presentar la documentación requerida, que incluye una memoria de actividades y un presupuesto estimativo.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se menciona explícitamente la compatibilidad con otras ayudas, pero se establece que la subvención es graciable y puede ser revocada si no se cumplen las condiciones establecidas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar los gastos realizados antes de recibir el pago de la subvención. Además, deben mantener la inversión y cumplir con la finalidad prevista en la solicitud. Las subvenciones pueden ser revocadas si no se justifican adecuadamente.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración son los siguientes: a) Adecuación del proyecto a los objetivos (0-12 puntos), b) Calidad y definición del proyecto (0-14 puntos), c) Repercusión en el ámbito cultural, social, festivo, juvenil o deportivo (0-14 puntos), d) Colaboración con otras administraciones (0-12 puntos), e) Número de asociados de la entidad (0-12 puntos), f) Número de destinatarios potenciales (0-12 puntos), g) Aportación económica de la asociación (0-12 puntos), h) Perspectiva de continuidad del proyecto (0-12 puntos). Se requiere una puntuación mínima de 50 puntos para recibir subvención.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención para la organización, promoción y difusión de actividades de interés general dentro del concejo de Cabranes para el ejercicio 2026
Resumen: La Resolución Nº 60 de 04/05/2026 convoca subvenciones para la organización, promoción y difusión de actividades de interés general en el Concejo de Cabranes. Estas ayudas están dirigidas a entidades o personas que realicen actividades que beneficien a los habitantes del municipio. Se establece un procedimiento de solicitud que incluye la presentación de una memoria explicativa, un presupuesto estimativo y una declaración del representante de la entidad solicitante. La subvención se concede por el Alcalde y puede ser revocada si no se justifican adecuadamente los gastos. Se prevé un importe total de 10.000 euros para esta convocatoria, con un procedimiento de concurrencia competitiva basado en criterios de valoración específicos.
BDNS: 903243