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LOCAL

Subvención para adquisición de terrenos para construcción de polígono industrial promoción municipal en Campo

Infraestructuras

El Decreto Nº 1869 de 26 de mayo de 2026 concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Campo para la adquisición de terrenos destinados a la construcción de un polígono industrial de promoción municipal. La subvención se enmarca dentro de la normativa vigente de subvenciones y tiene como objetivo facilitar la creación de infraestructuras que fomenten el desarrollo económico local. La subvención asciende a un total de 100.000,00 € y se financiará en un 96,023% del coste total de la actividad, que es de 104.142,00 €.

BDNS: 909410 | Registro: 2026-06-01

Análisis Económico

Importe Máximo 100.000,00 €.
% Subvención 96,023% del coste total de la actividad, que es de 104.142,00 €.
Forma de Pago El pago se realizará previa justificación de los gastos. La justificación se dividirá en dos plazos: el primero hasta el 20 de noviembre de 2026 y el segundo hasta el 1 de marzo de 2027, donde se deberá presentar la documentación correspondiente.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen la adquisición de terrenos para la construcción del polígono industrial. El importe a justificar será el coste total de la inversión, y si los gastos son inferiores a 104.142,00 €, se aplicará el principio de proporcionalidad.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El beneficiario de la subvención es el Ayuntamiento de Campo, que debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS). Esto incluye estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no estar incurso en periodo ejecutivo de deudas tributarias. Además, el Ayuntamiento debe aceptar la subvención en un plazo de quince días tras la notificación de la resolución.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es incompatible con la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, conforme al artículo 33 del Real Decreto 887/2006. En caso de recibir otras aportaciones no indicadas en la solicitud, el Ayuntamiento debe comunicarlo en un plazo de un mes a la Diputación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
El Ayuntamiento debe: 1) Aceptar la subvención en el plazo establecido; 2) Mantener el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social; 3) Cumplir con la normativa de contratación; 4) Facilitar información requerida por la Diputación; 5) Destinar los bienes adquiridos a su fin durante un mínimo de cinco años; 6) Dar publicidad a la financiación pública; 7) Comunicar cualquier modificación en los términos de la actuación subvencionada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La subvención se concede de forma nominativa, por lo que no se especifican criterios de valoración adicionales. Sin embargo, se menciona que el Ayuntamiento debe cumplir con los requisitos legales y normativos establecidos.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención para adquisición de terrenos para construcción de polígono industrial promoción municipal en Campo
Resumen: El Decreto Nº 1869 de 26 de mayo de 2026 concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Campo para la adquisición de terrenos destinados a la construcción de un polígono industrial de promoción municipal. La subvención se enmarca dentro de la normativa vigente de subvenciones y tiene como objetivo facilitar la creación de infraestructuras que fomenten el desarrollo económico local. La subvención asciende a un total de 100.000,00 € y se financiará en un 96,023% del coste total de la actividad, que es de 104.142,00 €.
BDNS: 909410