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AUTONOMICA

SUBVENCION INTERES PUBLICO, SOCIAL Y HUMANITARIO

Otras Prestaciones económicas

La subvención tiene como objeto sufragar gastos del ‘XXI Festival Folklórico de las Comunidades’, organizado por la Agrupación Folklórica San Cristóbal, con un importe total de 9.000,00 euros. Esta subvención se concede por razones de interés público, con el fin de fomentar la afición a los cantos y bailes típicos canarios. La resolución se basa en la normativa de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y se considera que la Agrupación es la única organizadora del festival, lo que justifica la concesión directa sin necesidad de convocatoria pública.

BDNS: 907946 | Registro: 2026-05-26

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de la subvención concedida es de 9.000,00 euros.
% Subvención 100% de los gastos del festival, dado que se trata de una subvención directa por razones de interés público.
Forma de Pago El pago se realizará mediante abono anticipado, lo que implica que el beneficiario recibirá el total de la subvención antes de la ejecución de la actividad, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen todos los gastos necesarios para la realización del ‘XXI Festival Folklórico de las Comunidades’, aunque no se especifican en detalle en el documento. Se entiende que pueden incluir gastos operativos, de promoción y ejecución del festival.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El beneficiario de la subvención es la Agrupación Folklórica San Cristóbal, que debe cumplir con ciertos requisitos: estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener otras subvenciones con abono anticipado pendientes de justificación en los dos ejercicios anteriores. La solicitud fue presentada por su representante, D. Julio César López Ruiz, en la sede electrónica del Gobierno.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que no se superen los límites establecidos y que el beneficiario no tenga otras subvenciones con abono anticipado pendientes de justificación en los dos ejercicios anteriores.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones del beneficiario incluyen la correcta ejecución del festival, la justificación del gasto ante el órgano concedente y la obligación de mantener la inversión realizada. También se espera que se realice publicidad adecuada de la subvención recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La concesión se basa en la justificación de razones de interés público y la naturaleza específica de la actividad. No se establecen criterios de puntuación adicionales, dado que se trata de una subvención directa.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCION INTERES PUBLICO, SOCIAL Y HUMANITARIO
Resumen: La subvención tiene como objeto sufragar gastos del ‘XXI Festival Folklórico de las Comunidades’, organizado por la Agrupación Folklórica San Cristóbal, con un importe total de 9.000,00 euros. Esta subvención se concede por razones de interés público, con el fin de fomentar la afición a los cantos y bailes típicos canarios. La resolución se basa en la normativa de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y se considera que la Agrupación es la única organizadora del festival, lo que justifica la concesión directa sin necesidad de convocatoria pública.
BDNS: 907946