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AUTONOMICA

Subvención excluida de concurrencia pública para el proyecto CIMNE DIH4CAT2.0 2025

Industria y Energía

La resolución otorga una subvención directa al Centro Internacional de Métodos Numéricos en la Ingeniería (CIMNE) para la realización del proyecto CIMNE DIH4CAT 2025. La subvención se concede de forma excepcional debido a la imposibilidad de promover la concurrencia pública, justificándose por razones de interés público y social. El importe total de la subvención es de 1.203,75 euros, distribuidos en dos años: 481,50 euros en 2025 y 722,25 euros en 2029. Las actividades subvencionadas incluyen la gestión y coordinación del proyecto, con un enfoque en la gobernanza y la supervisión del progreso del mismo. Las actuaciones subvencionadas se podrán realizar entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2028.

BDNS: 881637 | Registro: 2026-01-15

Análisis Económico

Importe Máximo 1.203,75 euros, distribuidos en 481,50 euros para 2025 y 722,25 euros para 2029.
% Subvención 50% de los gastos subvencionables, con un total de 2.407,50 euros de gastos subvencionables.
Forma de Pago Se pagará un anticipo del 40% de la ayuda concedida tras la notificación de la resolución, sin necesidad de garantías. El pago final se realizará tras la justificación de las actividades subvencionadas.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos de personal, facturas y comprobantes de pago, nóminas, y otros documentos justificativos. No se consideran subvencionables horas extraordinarias, pagos por beneficios, dietas, indemnizaciones, y otros conceptos específicos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El beneficiario de la subvención es el CIMNE, que debe cumplir con las obligaciones fiscales y de seguridad social con la Generalitat de Catalunya y el Estado. No debe tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas. La solicitud fue presentada el 14 de noviembre de 2025 y registrada el 15 de diciembre de 2025. Se requiere que el beneficiario justifique la realización de la actuación subvencionada y esté al corriente de sus obligaciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención se acoge a lo establecido en el artículo 27 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, y la suma de ayudas concurrentes no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones del beneficiario incluyen: justificar la realización de la actividad, conservar justificantes originales, comunicar cambios en la subvención, someterse a controles, y dar publicidad adecuada del carácter público del financiamiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en la resolución, ya que se trata de una subvención directa otorgada por razones excepcionales.