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Subvención a favor del Consorci ZF Internacional para hacer extensivo digitalmente el evento Barcelona New Economy Week 2025 (Exp. 2025/902117)

Investigación, desarrollo e innovación

La Ordenanza General de Subvenciones del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) establece el régimen y procedimiento general para la concesión, justificación, pago y publicidad de las subvenciones otorgadas por el AMB y sus organismos dependientes. Su objetivo es fomentar actividades de utilidad pública o interés social mediante ayudas económicas, garantizando la transparencia y el control en la gestión de los recursos públicos. La normativa se basa en la Ley General de Subvenciones y se complementa con un Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el Consejo Metropolitano. Las subvenciones pueden ser dinerarias o en especie y están sujetas a condiciones específicas que deben cumplirse por los beneficiarios.

BDNS: 906301 | Registro: 2026-05-18

Análisis Económico

Importe Máximo No se especifica un límite máximo en el documento, pero se establece que el importe total de las subvenciones no podrá rebasar el coste de la actividad subvencionada.
% Subvención Normalmente, el importe de la subvención no excederá el 50% del coste del proyecto o actividad. En casos excepcionales, se puede justificar un porcentaje mayor, pero no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada.
Forma de Pago Los pagos se realizarán contra presentación de justificaciones de la actividad subvencionada. Se pueden realizar pagos a cuenta, que no superarán el 10% del importe de la subvención, salvo excepciones. Si el beneficiario no presenta la justificación en el plazo establecido, se podrá revocar la subvención.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan directamente a la naturaleza de la actividad subvencionada y se efectúen dentro del plazo establecido. Se requiere solicitar al menos tres ofertas para gastos que superen las cuantías establecidas en la LGS, salvo excepciones. Los gastos deben ser justificados con facturas y otros documentos pertinentes.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser personas físicas o jurídicas que realicen actividades que fundamenten la concesión de la subvención. También se permiten agrupaciones de personas o entidades sin personalidad jurídica, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras. Es necesario que los beneficiarios estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Las asociaciones y fundaciones deben estar registradas oficialmente. Para subvenciones superiores a 10.000 €, se requiere la comunicación de retribuciones de los órganos de dirección. No se permite la disolución de agrupaciones beneficiarias hasta que se cumpla el plazo de prescripción.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las bases reguladoras especificarán si las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. En caso de compatibilidad, se deberá incluir en la justificación una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, difundir que la actividad ha sido subvencionada por el AMB, y comunicar cualquier modificación que afecte a los requisitos de la subvención. También deben cumplir con principios éticos y reglas de conducta establecidos en la normativa.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se establecerán en las bases reguladoras y pueden incluir aspectos como la adecuación del proyecto a los objetivos de la subvención, la viabilidad técnica y económica, y el impacto social. Se podrá establecer un umbral mínimo de puntuación para ser beneficiario.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención a favor del Consorci ZF Internacional para hacer extensivo digitalmente el evento Barcelona New Economy Week 2025 (Exp. 2025/902117)
Resumen: La Ordenanza General de Subvenciones del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) establece el régimen y procedimiento general para la concesión, justificación, pago y publicidad de las subvenciones otorgadas por el AMB y sus organismos dependientes. Su objetivo es fomentar actividades de utilidad pública o interés social mediante ayudas económicas, garantizando la transparencia y el control en la gestión de los recursos públicos. La normativa se basa en la Ley General de Subvenciones y se complementa con un Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el Consejo Metropolitano. Las subvenciones pueden ser dinerarias o en especie y están sujetas a condiciones específicas que deben cumplirse por los beneficiarios.
BDNS: 906301