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Subvención a favor de la Fundació Privada Catalunya para el desarrollo del proyecto “Cambio climático y territorio en el área metropolitana de Barcelona” (Exp. 2025/900283)

Industria y Energía

La Ordenanza General de Subvenciones del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) establece el régimen y procedimiento general para la concesión, justificación, pago y publicidad de las subvenciones otorgadas por el AMB y sus organismos dependientes. Su objetivo es fomentar actividades de utilidad pública o interés social mediante ayudas económicas, garantizando la transparencia y el control en la gestión de los recursos públicos. La normativa se basa en la Ley General de Subvenciones y se complementa con un Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el Consejo Metropolitano. Las subvenciones pueden ser dinerarias o en especie y están sujetas a un régimen jurídico específico que prevalece sobre otras normativas no básicas. Se establecen principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y eficiencia en la asignación de recursos.

BDNS: 906513 | Registro: 2026-05-19

Análisis Económico

Importe Máximo No se especifica un importe máximo general, pero las subvenciones no podrán superar el coste total de la actividad o proyecto subvencionado.
% Subvención Normalmente, el importe de la subvención no excederá el 50% del coste de la actividad o proyecto. En casos excepcionales, se puede justificar un porcentaje mayor.
Forma de Pago Los pagos se realizarán contra presentación de justificaciones. Se pueden efectuar pagos a cuenta, que no superarán el 10% del importe de la subvención, salvo excepciones. Los beneficiarios deben aceptar las condiciones de la subvención para recibir el pago.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se efectúen dentro del plazo establecido. Se requiere solicitar al menos tres ofertas para gastos que superen los límites establecidos. Los gastos deben ser justificados con facturas y otros documentos pertinentes.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de las subvenciones pueden ser personas físicas o jurídicas que realicen actividades que fundamenten su otorgamiento. Las agrupaciones de personas o entidades también pueden ser beneficiarias, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras. Es necesario que los beneficiarios estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Las asociaciones y fundaciones deben estar registradas oficialmente. Para subvenciones superiores a 10.000 €, se requiere la comunicación de retribuciones de sus órganos de dirección. Además, deben cumplir con los principios éticos y de conducta establecidos en la normativa.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las bases reguladoras especificarán si las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. En caso de compatibilidad, se deberá incluir en la justificación una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, difundir que la actividad ha sido subvencionada por el AMB, y comunicar cualquier modificación que afecte a los requisitos de la subvención. También deben cumplir con los principios éticos y de conducta establecidos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se establecerán en las bases reguladoras de cada convocatoria. Se evaluarán las solicitudes en un único acto administrativo, y se otorgarán puntos según los criterios fijados. Se podrá establecer un umbral mínimo de puntuación para ser beneficiario.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención a favor de la Fundació Privada Catalunya para el desarrollo del proyecto “Cambio climático y territorio en el área metropolitana de Barcelona” (Exp. 2025/900283)
Resumen: La Ordenanza General de Subvenciones del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) establece el régimen y procedimiento general para la concesión, justificación, pago y publicidad de las subvenciones otorgadas por el AMB y sus organismos dependientes. Su objetivo es fomentar actividades de utilidad pública o interés social mediante ayudas económicas, garantizando la transparencia y el control en la gestión de los recursos públicos. La normativa se basa en la Ley General de Subvenciones y se complementa con un Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el Consejo Metropolitano. Las subvenciones pueden ser dinerarias o en especie y están sujetas a un régimen jurídico específico que prevalece sobre otras normativas no básicas. Se establecen principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y eficiencia en la asignación de recursos.
BDNS: 906513