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LOCAL

SUBVENCION A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE LAS FIESTAS DE BARRIOS Y PARROQUIAS 2026

Cultura

La presente convocatoria tiene como objetivo regular las subvenciones de la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Avilés para la realización de actividades festivas en barrios y parroquias durante el año 2026. Se busca fomentar la participación de entidades organizadoras en la celebración de eventos como romerías, fiestas patronales y fiestas mayores, promoviendo la descentralización de la oferta festiva en el municipio. La convocatoria se enmarca en un régimen de concurrencia competitiva y está sujeta a la normativa de la Ordenanza General de Subvenciones y la Ley General de Subvenciones. Se destina un total de 20.000 euros, con un límite máximo de 2.800 euros por proyecto, y se priorizarán aquellos que contribuyan a la oferta cultural y turística de Avilés.

BDNS: 900645 | Registro: 2026-04-22

Análisis Económico

Importe Máximo 20.000 euros en total para la convocatoria, con un límite de 2.800 euros por proyecto.
% Subvención 100% del presupuesto del proyecto presentado, con un máximo de 2.800 euros por entidad.
Forma de Pago El pago se realizará por anticipado y en una sola vez, sin necesidad de garantía bancaria, mediante transferencia a la cuenta designada por la entidad beneficiaria. No se realizará el pago si la entidad no está al corriente de sus obligaciones fiscales.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan directamente a la naturaleza de la actividad festiva, como alquileres de escenarios, carpas, instalaciones eléctricas, actuaciones artísticas, etc. No son subvencionables gastos de funcionamiento de la entidad, inversiones en bienes inventariables, ni gastos tributarios.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones vecinales y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos: estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, desarrollar su actividad en el territorio de Avilés, estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y haber justificado debidamente subvenciones anteriores. Además, deben tener la capacidad suficiente para ejecutar los proyectos propuestos y el proyecto debe ajustarse al objeto de la convocatoria.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Los proyectos subvencionados pueden recibir financiación de otras instituciones, siempre que el total de las subvenciones no supere el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con el objetivo del proyecto, justificar el uso de los fondos, someterse a comprobaciones, comunicar la obtención de otras subvenciones, y dar publicidad a las actividades subvencionadas. También deben conservar la documentación justificativa durante al menos 4 años.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se dividen en tres categorías, cada una con un máximo de 10 puntos: 1) Importe del presupuesto del proyecto (hasta 10 puntos), 2) Grado de financiación con medios propios (hasta 10 puntos), y 3) Concreción y precisión del proyecto en relación con los objetivos de la convocatoria (hasta 10 puntos). La puntuación total determinará la subvención a aplicar, que puede variar entre 1.500 y 2.800 euros.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCION A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE LAS FIESTAS DE BARRIOS Y PARROQUIAS 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo regular las subvenciones de la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Avilés para la realización de actividades festivas en barrios y parroquias durante el año 2026. Se busca fomentar la participación de entidades organizadoras en la celebración de eventos como romerías, fiestas patronales y fiestas mayores, promoviendo la descentralización de la oferta festiva en el municipio. La convocatoria se enmarca en un régimen de concurrencia competitiva y está sujeta a la normativa de la Ordenanza General de Subvenciones y la Ley General de Subvenciones. Se destina un total de 20.000 euros, con un límite máximo de 2.800 euros por proyecto, y se priorizarán aquellos que contribuyan a la oferta cultural y turística de Avilés.
BDNS: 900645