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AUTONOMICA

Subvención a entidades locales del Pirineo para financiar acciones vinculadas al Plan del Pirineo

Otras Prestaciones económicas

La Resolución 147E/2026 establece la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades locales del Pirineo para financiar acciones vinculadas al Plan del Pirineo. Este plan busca abordar problemas críticos como la despoblación, el envejecimiento de la población y la falta de servicios básicos. Las líneas de actuación incluyen el fomento del turismo sostenible, el comercio de proximidad, el emprendimiento verde, y la mejora de la vivienda y las infraestructuras. Se busca contribuir a la revitalización de la zona mediante proyectos que respondan a las necesidades identificadas en el Plan del Pirineo.

BDNS: 903100 | Registro: 2026-05-04

Análisis Económico

Importe Máximo 15.000 € para proyectos individuales y 20.000 € para proyectos colaborativos.
% Subvención 80% de los gastos subvencionables justificados para proyectos individuales (máximo 15.000 €) y 90% para proyectos colaborativos (máximo 20.000 €).
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos, con un plazo de resolución de abono de dos meses desde la presentación de la documentación justificativa.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal no perteneciente a la plantilla orgánica, asistencia técnica, subcontratación de actividades, gastos de publicidad y difusión, material fungible, desplazamientos colectivos, y tributos pagados. No se subvencionan intereses, sanciones, comidas, material inventariable, ni gastos financiados en convocatorias anteriores.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Las entidades beneficiarias son aquellas definidas en la Ley Foral 6/1990, cuya sede esté en el ámbito del Plan del Pirineo. Deben estar constituidas legalmente y no estar incursas en prohibiciones para recibir subvenciones. Además, deben presentar una ‘Declaración Responsable’ que acredite su situación fiscal y de seguridad social. En proyectos colaborativos, se requiere que al menos una entidad colabore con un 15% del gasto total.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las entidades pueden recibir otras subvenciones para el mismo proyecto, siempre que el total no supere el 100% del gasto o inversión del proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades deben ejecutar el proyecto según lo aprobado, comunicar incidencias, justificar el cumplimiento de requisitos, permitir controles, y hacer constar la participación del Gobierno de Navarra en la difusión del proyecto.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán en base a criterios como la contextualización del proyecto (8 puntos), la descripción del proyecto (25 puntos), la planificación (16 puntos), la innovación y trabajo en red (8 puntos), la difusión y comunicación (8 puntos), el seguimiento y evaluación (5 puntos), la inclusión de colectivos (10 puntos) y la perspectiva de género (10 puntos). Se requiere una puntuación mínima de 50 puntos para ser subvencionado.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención a entidades locales del Pirineo para financiar acciones vinculadas al Plan del Pirineo
Resumen: La Resolución 147E/2026 establece la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades locales del Pirineo para financiar acciones vinculadas al Plan del Pirineo. Este plan busca abordar problemas críticos como la despoblación, el envejecimiento de la población y la falta de servicios básicos. Las líneas de actuación incluyen el fomento del turismo sostenible, el comercio de proximidad, el emprendimiento verde, y la mejora de la vivienda y las infraestructuras. Se busca contribuir a la revitalización de la zona mediante proyectos que respondan a las necesidades identificadas en el Plan del Pirineo.
BDNS: 903100