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AUTONOMICA

Subv 2026 dirgidas a ayuntamientos, instituciones feriales y entidades sin fin de lucro para la organización y promoción ferias comerciales oficiales, según Resolución de 20 de abril de 2026 correspondiente a la convocatoria

Comercio, Turismo y Pymes

La presente resolución tiene como objetivo aprobar la convocatoria de ayudas para la organización y promoción de Ferias Comerciales Oficiales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026. Estas ayudas están destinadas a los promotores de ferias comerciales oficiales, incluyendo instituciones feriales, ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de lucro. Se busca impulsar la actividad comercial en la región mediante el sostenimiento de los gastos derivados de la promoción, organización y celebración de estas ferias. La convocatoria se basa en el Decreto 57/2012, modificado por el Decreto 31/2014, que establece las bases reguladoras de estas ayudas.

BDNS: 901338 | Registro: 2026-04-24

Análisis Económico

Importe Máximo El límite máximo de la subvención es de 25.000 euros por proyecto.
% Subvención Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 40% del importe de la inversión aprobada, con un límite máximo de 25.000 euros. La intensidad de ayudas se determina en función de los puntos obtenidos en los criterios de valoración.
Forma de Pago Las subvenciones se liquidarán y abonarán de una sola vez, previa comprobación de la justificación por parte de la entidad beneficiaria. El abono se realizará en la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: 1) Acondicionamiento del recinto (alquiler, montaje, decoración, instalaciones). 2) Servicios de actividad (seguridad, limpieza, azafatas). 3) Información y promoción (material promocional, publicidad). 4) Jornadas técnicas y misiones comerciales (alquiler de local, traductores, honorarios de ponentes). 5) Seguros obligatorios. 6) Gastos de organización y coordinación. 7) Gastos de personal contratado directamente.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de las ayudas son: a) Instituciones feriales, b) Ayuntamientos, c) Asociaciones y entidades sin fin de lucro. Para ser beneficiario, deben tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Extremadura y desarrollar su actividad dentro de esta. Además, deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas se hallan acogidas al régimen de minimis, no pudiendo superar la ayuda total de minimis la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos. Se debe declarar cualquier otra ayuda solicitada o concedida para el mismo proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con la celebración de la feria, ejecutar al menos el 60% de la inversión aprobada y justificar la actividad subvencionada dentro del plazo establecido. Además, deben incluir la participación de la Junta de Extremadura en todo material promocional.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de evaluación son: 1) Prohibición de venta directa durante la feria: 100 puntos. 2) Días para profesionales: 20 puntos por día (máx. 80 puntos). 3) Jornadas técnicas y misiones comerciales inversas: hasta 40 puntos. 4) Clasificación de la feria: Monográfica (30 puntos), Sectorial (15 puntos), Multisectorial (5 puntos). 5) Expositores internacionales: hasta 20 puntos. 6) Expositores totales: hasta 12 puntos. 7) Grado de consolidación de la actividad ferial: hasta 5 puntos.

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Referencia de la Convocatoria
Subv 2026 dirgidas a ayuntamientos, instituciones feriales y entidades sin fin de lucro para la organización y promoción ferias comerciales oficiales, según Resolución de 20 de abril de 2026 correspondiente a la convocatoria
Resumen: La presente resolución tiene como objetivo aprobar la convocatoria de ayudas para la organización y promoción de Ferias Comerciales Oficiales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026. Estas ayudas están destinadas a los promotores de ferias comerciales oficiales, incluyendo instituciones feriales, ayuntamientos y asociaciones sin ánimo de lucro. Se busca impulsar la actividad comercial en la región mediante el sostenimiento de los gastos derivados de la promoción, organización y celebración de estas ferias. La convocatoria se basa en el Decreto 57/2012, modificado por el Decreto 31/2014, que establece las bases reguladoras de estas ayudas.
BDNS: 901338