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AUTONOMICA

Solicitud de ayuda y pago de las actuaciones de la persona mediadora designada por el Centro de Mediación de la C. V. en las sesiones informativas y en los procedimientos de mediación intrajudicial realizadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana

Justicia

La presente resolución convoca ayudas para el ejercicio 2026 destinadas a compensar las actuaciones de las personas mediadoras en sesiones informativas y procedimientos de mediación intrajudicial en la Comunitat Valenciana. Estas ayudas se enmarcan dentro de la Ley 24/2018 de mediación de la Comunitat Valenciana y buscan facilitar el acceso a la mediación como método alternativo de resolución de conflictos, garantizando la gratuidad de la justicia para quienes no pueden litigar. Se regulan las actuaciones subvencionables, los requisitos para los beneficiarios, el procedimiento de solicitud y los criterios de concesión de las ayudas.

BDNS: 899066 | Registro: 2026-04-15

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total destinado a estas ayudas asciende a 14.680 € para el ejercicio 2026.
% Subvención Las ayudas cubrirán el coste de las actuaciones de mediación intrajudicial, aunque el porcentaje específico no se detalla en el documento.
Forma de Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la persona mediadora, tras la verificación de las actuaciones realizadas. La resolución de concesión y pago debe notificarse en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de solicitud.
Gastos Subvencionables
Las actuaciones subvencionables incluyen las realizadas en procedimientos de mediación intrajudicial y sesiones informativas, aunque no se detallan otros gastos específicos como personal o materiales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son las personas mediadoras designadas por el Centro de Mediación de la Comunitat Valenciana, quienes deben haber sido seleccionadas de los sistemas de turnos de las audiencias provinciales. Es necesario que estas personas estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, deben presentar la documentación requerida que acredite su actuación en mediaciones intrajudiciales.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención no se considera ayuda de Estado y no requiere notificación a la Comisión Europea. Sin embargo, se establece que la obtención concurrente de otras ayudas que superen el coste de la mediación puede dar lugar a reintegros.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las personas mediadoras deben mantener la inversión y cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. También deben presentar la documentación requerida y permitir la verificación de su cumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La cuantía de la subvención se determinará conforme a los criterios establecidos en el artículo 46 del Decreto 55/2021, aunque no se especifican los criterios exactos en el documento.

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Referencia de la Convocatoria
Solicitud de ayuda y pago de las actuaciones de la persona mediadora designada por el Centro de Mediación de la C. V. en las sesiones informativas y en los procedimientos de mediación intrajudicial realizadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana
Resumen: La presente resolución convoca ayudas para el ejercicio 2026 destinadas a compensar las actuaciones de las personas mediadoras en sesiones informativas y procedimientos de mediación intrajudicial en la Comunitat Valenciana. Estas ayudas se enmarcan dentro de la Ley 24/2018 de mediación de la Comunitat Valenciana y buscan facilitar el acceso a la mediación como método alternativo de resolución de conflictos, garantizando la gratuidad de la justicia para quienes no pueden litigar. Se regulan las actuaciones subvencionables, los requisitos para los beneficiarios, el procedimiento de solicitud y los criterios de concesión de las ayudas.
BDNS: 899066