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AUTONOMICA

Resolución por la que se publica el crédito disponible, en el ejercicio 2026, para las ayudas reguladas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, modificado por el Decreto 43/2025, de 17, en el marco del Programa Captación del Talento. No mínimis

Fomento del Empleo

La resolución conjunta tiene como objetivo publicar el crédito disponible para el ejercicio 2026 para las ayudas del Programa Captación del Talento, reguladas por el Decreto 45/2024. Este programa busca fijar población y combatir la despoblación en zonas con riesgo, especialmente entre la población joven, a través de tres líneas de actuación: fomentar la contratación (línea 1), promover la actividad emprendedora (línea 2) y facilitar la residencia habitual en estas áreas (línea 3). Las ayudas se consideran de mínimis y están sujetas a la normativa europea correspondiente.

BDNS: 892881 | Registro: 2026-03-13

Análisis Económico

Importe Máximo El crédito total disponible para las ayudas es de 309.720 euros, distribuidos en 157.920 euros para la línea 1, 75.000 euros para la línea 2 y 76.800 euros para la línea 3.
% Subvención Las ayudas de mínimis tienen un límite de 300.000 euros por empresa durante un período de tres años, y hasta 750.000 euros para empresas que prestan servicios de interés económico general.
Forma de Pago El pago se realizará tras la presentación de la solicitud y la justificación de los gastos subvencionables, pudiendo incluir anticipos y pagos finales según la normativa aplicable.
Gastos Subvencionables
Las actuaciones subvencionables incluyen gastos relacionados con la contratación de personal, la creación de empresas y la promoción de la residencia en las zonas objetivo, siempre que se realicen entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades y personas que fomenten la contratación, la actividad emprendedora o la residencia en zonas escasamente pobladas. Se requiere que los solicitantes estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, deben cumplir con los requisitos específicos establecidos en el Decreto 45/2024 y sus modificaciones, así como no haber superado los límites de ayudas de mínimis establecidos por la normativa europea.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se superen los límites establecidos por la normativa de mínimis. En caso de que se superen, se deberá proceder al reintegro del exceso.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión realizada, cumplir con la normativa de protección de datos, y están obligados a devolver la ayuda si se produce un incumplimiento. También deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración no están especificados en el documento, pero se espera que se basen en la capacidad de los solicitantes para cumplir con los objetivos del programa y la viabilidad de las actividades propuestas.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución por la que se publica el crédito disponible, en el ejercicio 2026, para las ayudas reguladas en el Decreto 45/2024, de 27 de agosto, modificado por el Decreto 43/2025, de 17, en el marco del Programa Captación del Talento. No mínimis
Resumen: La resolución conjunta tiene como objetivo publicar el crédito disponible para el ejercicio 2026 para las ayudas del Programa Captación del Talento, reguladas por el Decreto 45/2024. Este programa busca fijar población y combatir la despoblación en zonas con riesgo, especialmente entre la población joven, a través de tres líneas de actuación: fomentar la contratación (línea 1), promover la actividad emprendedora (línea 2) y facilitar la residencia habitual en estas áreas (línea 3). Las ayudas se consideran de mínimis y están sujetas a la normativa europea correspondiente.
BDNS: 892881