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ESTADO

RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE MEMORIA DEMOCRÁTICA POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2026 SUBVENCIONES DESTINADAS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA Y DE LA DICTADURA

Justicia

La Orden PCM/854/2023 modifica la Orden PCM/725/2020, estableciendo las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. Se busca apoyar a entidades sin ánimo de lucro, universidades y organismos públicos en proyectos de investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas, así como en la dignificación de sus sepulturas. Se destina un 60% del crédito presupuestario a la investigación y localización de desaparecidos. Para 2023, se prevé un presupuesto de 4.750.000 euros, y se establece un marco de colaboración con administraciones públicas y organizaciones de víctimas. La Ley 20/2022 garantiza el derecho a la verdad de las víctimas y establece que la Administración General del Estado será responsable de la búsqueda de desaparecidos. La modificación de la orden elimina la cláusula de reparto del crédito, permitiendo una mayor flexibilidad en la asignación de recursos.

BDNS: 898890 | Registro: 2026-04-14

Análisis Económico

Importe Máximo Hasta 12.000 euros para estudios e investigaciones, 5.000 euros para publicaciones y eventos, y 10.000 euros para conservación y difusión de patrimonio.
% Subvención Hasta el 100% del importe solicitado, dependiendo de la puntuación obtenida en la evaluación. Para proyectos de investigación, hasta 12.000 euros; para publicaciones y eventos, hasta 5.000 euros; y para conservación y difusión de patrimonio, hasta 10.000 euros.
Forma de Pago Se establece un pago anticipado del 75% al inicio del proyecto, y el 25% restante tras la justificación final. La justificación debe presentarse en un plazo de 3 meses tras la finalización del proyecto.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos de personal (salarios y cuotas de seguridad social), dietas y gastos de viaje, alquiler de material, material fungible, y otros gastos relacionados con la actividad subvencionada. No se financian obras o inversiones, ni gastos de funcionamiento ordinario que superen el 10% del coste total del proyecto.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, universidades y organismos públicos de investigación. Deben estar legalmente constituidos, inscritos en los registros correspondientes y tener un Número de Identificación Fiscal (NIF). Las entidades deben cumplir con los requisitos a la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerlos durante la ejecución del proyecto. Se excluyen entidades con ánimo de lucro, partidos políticos y colegios profesionales. No podrán ser beneficiarias aquellas que incurran en circunstancias de incompatibilidad según la Ley 38/2003.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. Las entidades deben informar sobre otras subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben realizar la actividad subvencionada, justificar el cumplimiento de requisitos, facilitar comprobaciones, comunicar otras subvenciones obtenidas, y mantener la documentación justificativa durante el periodo de control. También deben realizar publicidad de la subvención y entregar una copia de la documentación resultante de la actividad subvencionada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: calidad técnica y viabilidad económica del proyecto (hasta 6 puntos), colaboración de otras entidades (hasta 3 puntos), experiencia y trayectoria de las entidades (hasta 5 puntos), incidencia del proyecto en la sociedad (hasta 8 puntos), y cofinanciación del proyecto (hasta 3 puntos). Se requiere una puntuación mínima de 14 puntos para ser considerado.

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Referencia de la Convocatoria
RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE MEMORIA DEMOCRÁTICA POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2026 SUBVENCIONES DESTINADAS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA Y DE LA DICTADURA
Resumen: La Orden PCM/854/2023 modifica la Orden PCM/725/2020, estableciendo las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura. Se busca apoyar a entidades sin ánimo de lucro, universidades y organismos públicos en proyectos de investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas, así como en la dignificación de sus sepulturas. Se destina un 60% del crédito presupuestario a la investigación y localización de desaparecidos. Para 2023, se prevé un presupuesto de 4.750.000 euros, y se establece un marco de colaboración con administraciones públicas y organizaciones de víctimas. La Ley 20/2022 garantiza el derecho a la verdad de las víctimas y establece que la Administración General del Estado será responsable de la búsqueda de desaparecidos. La modificación de la orden elimina la cláusula de reparto del crédito, permitiendo una mayor flexibilidad en la asignación de recursos.
BDNS: 898890