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AUTONOMICA

Resolución del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación,por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas no conducentes a certificados profesionales

Fomento del Empleo

La convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026 tiene como objetivo financiar acciones formativas no conducentes a certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas en la Comunitat Valenciana. Se establece una dotación total de 7.830.000 euros, que se destinará a programas de formación sectoriales, transversales, dirigidos a la economía social y a trabajadores autónomos. Las acciones formativas deben estar incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas y pueden ser impartidas en modalidad presencial, teleformación o mixta. La financiación puede ser cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus y otros fondos estructurales de la UE.

BDNS: 896648 | Registro: 2026-04-01

Análisis Económico

Importe Máximo La dotación total es de 7.830.000 euros, con límites específicos por tipo de programa: 3.371.400 euros para programas sectoriales, 3.890.000 euros para programas transversales, 259.300 euros para economía social y 259.300 euros para autónomos.
% Subvención Hasta un 100% de los costes directos de la actividad formativa, con módulos económicos de 8 euros por participante y hora para formación presencial y 5 euros para teleformación.
Forma de Pago Se prevén anticipos de hasta el 25% antes del inicio de la actividad formativa y hasta un 35% adicional tras la acreditación del inicio. El pago final se realizará tras la justificación de la actividad.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables los costes directos de la actividad formativa, incluyendo retribuciones del personal formador, gastos de material, costes indirectos relacionados con la elaboración del programa y justificación de la subvención. No se permiten gastos previos a la concesión de la subvención.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son centros y entidades de formación públicas o privadas, así como empresas o asociaciones empresariales inscritas en el Registro de Entidades de formación profesional. Deben estar ubicados en la Comunitat Valenciana y tener instalaciones adecuadas para la formación. Se permite la participación de sociedades civiles y comunidades de bienes. Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Se permite la modificación de la entidad beneficiaria en caso de transformación, fusión o sucesión, siempre que no afecte a los derechos de terceros.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el coste total de la actividad formativa. Se establece que las entidades del mismo grupo empresarial solo pueden presentar una solicitud.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben comunicar el inicio de la formación, mantener la documentación de selección del alumnado, y cumplir con las condiciones de impartición. Deben justificar el uso de la subvención y estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán en función de criterios como la experiencia en formación, la calidad del plan formativo, la inclusión de colectivos vulnerables y la capacidad de ejecución. Se establecerá una Comisión de Valoración que emitirá un informe motivado sobre la evaluación.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación,por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas no conducentes a certificados profesionales
Resumen: La convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026 tiene como objetivo financiar acciones formativas no conducentes a certificados profesionales, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas en la Comunitat Valenciana. Se establece una dotación total de 7.830.000 euros, que se destinará a programas de formación sectoriales, transversales, dirigidos a la economía social y a trabajadores autónomos. Las acciones formativas deben estar incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas y pueden ser impartidas en modalidad presencial, teleformación o mixta. La financiación puede ser cofinanciada por el Fondo Social Europeo Plus y otros fondos estructurales de la UE.
BDNS: 896648