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AUTONOMICA

RESOLUCIÓN del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas menores de 30 años

Fomento del Empleo

La convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la contratación de personas desempleadas menores de 30 años, con el fin de mejorar su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia laboral. Se establece que cada ayuntamiento podrá financiar al menos un contrato, con un coste estimado de 22.590 euros por contratación. La financiación proviene del Servicio Público de Empleo Estatal, con un importe global máximo de 12.250.000 euros. La convocatoria se enmarca dentro de la Orden 13/2024, que regula las bases de estas subvenciones y permite la delimitación de los colectivos destinatarios y el ámbito geográfico de actuación.

BDNS: 896290 | Registro: 2026-03-31

Análisis Económico

Importe Máximo El coste estimado por cada contratación es de 22.590 euros, y cada ayuntamiento podrá financiar al menos un contrato.
% Subvención La subvención cubrirá el coste salarial y la cotización a la Seguridad Social de las personas contratadas, excluyendo dietas, indemnizaciones y otros conceptos no salariales.
Forma de Pago Se podrá anticipar hasta el 50% de la subvención previa justificación del inicio de los contratos. El pago no requerirá garantías para administraciones públicas.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los costes salariales y las cotizaciones a la Seguridad Social de las personas contratadas. No se subvencionan días de incapacidad, permisos de maternidad, ni otros conceptos no salariales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas ayudas son los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que incurran en prohibiciones según la Ley General de Subvenciones, y quedan excluidas las Mancomunidades. Los ayuntamientos deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no pueden haber sido beneficiarios de programas similares en el pasado. Las personas destinatarias finales son desempleados menores de 30 años inscritos en los Espais Labora, con la condición de que su situación de desempleo se acredite desde al menos el día anterior al inicio de la relación laboral subvencionada.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es incompatible con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, ya sean públicas o privadas, nacionales o internacionales.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben mantener la inversión, cumplir con las obligaciones tributarias y de rendición de cuentas, y comunicar cualquier sustitución de trabajadores en un plazo de 10 días hábiles. También deben justificar la subvención en un plazo de dos meses tras la finalización de los contratos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La selección de las personas trabajadoras se realizará mediante criterios establecidos por la Dirección General de LABORA, que serán publicados en la web correspondiente. No podrán participar personas que hayan sido contratadas anteriormente en programas similares.

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Referencia de la Convocatoria
RESOLUCIÓN del director general de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas menores de 30 años
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para la contratación de personas desempleadas menores de 30 años, con el fin de mejorar su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia laboral. Se establece que cada ayuntamiento podrá financiar al menos un contrato, con un coste estimado de 22.590 euros por contratación. La financiación proviene del Servicio Público de Empleo Estatal, con un importe global máximo de 12.250.000 euros. La convocatoria se enmarca dentro de la Orden 13/2024, que regula las bases de estas subvenciones y permite la delimitación de los colectivos destinatarios y el ámbito geográfico de actuación.
BDNS: 896290