AUTONOMICA
RESOLUCIÓN del 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones para rehabilitar edificaciones y viviendas públicas de titularidad municipal y se procede su convocatoria, para el año 2026
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
La resolución establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificaciones y viviendas de titularidad municipal en Galicia, con el objetivo de incrementar el parque público de vivienda y facilitar el acceso a la vivienda a colectivos con escasos recursos. Las ayudas se dirigen a municipios con menos de 30,000 habitantes y se tramitarán por un procedimiento de concurrencia no competitiva. Se busca fomentar la rehabilitación de inmuebles para su uso como vivienda en régimen de alquiler social, priorizando la sostenibilidad, accesibilidad y eficiencia energética.
BDNS: 881105
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Registro: 2026-01-13
Análisis Económico
Importe Máximo
65,000 euros por edificación o vivienda, 68,000 euros en áreas históricas o de interés autonómico.
% Subvención
Hasta el 95% del presupuesto protegido de las obras, con un límite de 65,000 euros por edificación o vivienda, y 68,000 euros para inmuebles en áreas históricas o de interés autonómico.
Forma de Pago
El pago se realizará mediante transferencia bancaria tras la justificación de la ejecución de las obras. Se permite la presentación de solicitudes de forma electrónica y se requiere la justificación de gastos en plazos establecidos.
Gastos Subvencionables
Se incluyen gastos de ejecución de obras de rehabilitación, honorarios de profesionales, informes técnicos, gastos administrativos, impuestos, tasas y tributos. No se financiarán obras realizadas antes de la publicación de la convocatoria, salvo excepciones específicas.
Requisitos y Beneficiarios
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los beneficiarios son los municipios de Galicia con menos de 30,000 habitantes. Deben estar al corriente en la remisión de cuentas al Consello de Contas de Galicia y no estar incursos en supuestos de exclusión según la Ley 9/2007. Se considerarán las cifras del padrón municipal más recientes al momento de la convocatoria.
✅ Compatibilidad y Concurrencia
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para las mismas actuaciones, siempre que el total no supere el coste de las obras. Sin embargo, son incompatibles con ayudas del programa autonómico de infravivienda.
Detalles Técnicos
Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben ejecutar las obras según lo establecido, destinar las viviendas rehabilitadas al alquiler durante al menos 15 años, comunicar la finalización de las obras y cumplir con las obligaciones tributarias y de seguridad social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se evaluarán en función de la fecha de presentación, y se priorizarán aquellas que cumplan con todos los requisitos establecidos en la normativa. Se considerará la adecuación de las actuaciones a la normativa técnica y urbanística vigente.