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ESTADO

Resolución de la Secretaría de estado de cultura, por la que se convocan ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, correspondientes al año 2026

Cultura

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, en el marco de las competencias de la Secretaría de Estado de Cultura. Se busca preservar y difundir el patrimonio cultural teatral y circense, fomentando la comunicación entre Comunidades Autónomas y garantizando el acceso a servicios culturales. Las ayudas se dividen en varias modalidades, incluyendo programaciones en espacios escénicos, residencias artísticas, proyectos estables, festivales, ferias, certámenes, circuitos y apoyo a infraestructuras circenses. Se prioriza el teatro y circo de calle y para la infancia, así como la inclusión de la disciplina de ilusionismo. Las actividades financiadas deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, salvo en modalidades bienales que se extenderán hasta 2027.

BDNS: 894859 | Registro: 2026-03-24

Análisis Económico

Importe Máximo Las cuantías máximas de ayuda varían según la modalidad, por ejemplo, hasta 60.000 euros para programaciones anuales, 140.000 euros para programaciones bienales, 210.000 euros para proyectos estables, y 110.000 euros para festivales.
% Subvención La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 65% del coste total del proyecto, salvo en modalidades específicas donde puede llegar hasta el 80%. Los porcentajes de financiación varían según la puntuación obtenida en la evaluación del proyecto.
Forma de Pago El pago de las ayudas se realizará a partir de la resolución de concesión, sin necesidad de garantías. No se podrá realizar el pago si el beneficiario no está al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad y sean necesarios. Incluyen cachés de personal, nóminas, contratación de servicios técnicos, arrendamiento de material, gastos de publicidad, derechos de autor, y dietas del personal. Los gastos indirectos no podrán superar el 25% del coste total del proyecto.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán solicitar estas ayudas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea, excluyendo a residentes en paraísos fiscales. Las empresas privadas pueden optar a ciertas modalidades, mientras que las entidades sin ánimo de lucro y las entidades locales tienen restricciones específicas. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que incurran en prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones, ni aquellas que hayan sido sancionadas por vulneración de derechos de igualdad y no discriminación. Se requiere que los solicitantes estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones nominativas o directas del Ministerio de Cultura para el mismo proyecto. No se pueden presentar dos solicitudes para el mismo proyecto, y las actividades acogidas a otros programas de subvención no podrán recibir financiación a través de esta convocatoria.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar la ayuda recibida, cumplir con las condiciones establecidas en la solicitud, y mantener la actividad subvencionada. Además, deben incluir el logotipo del Ministerio de Cultura en el material de difusión y presentar informes de auditoría si la subvención es superior a 60.000 euros.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los proyectos se valorarán según los siguientes criterios: 1) Interés cultural del proyecto (0-25 puntos), 2) Perfil y alcance del proyecto (0-25 puntos), 3) Repercusión social (0-10 puntos), 4) Presupuesto y viabilidad (0-25 puntos), 5) Trayectoria del solicitante (0-15 puntos), y 6) Apoyo a territorios afectados por la DANA (hasta 5 puntos extra). Para ser beneficiario, se requiere un mínimo de 50 puntos en total y al menos 10 puntos en el criterio de interés cultural.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de la Secretaría de estado de cultura, por la que se convocan ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, correspondientes al año 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, en el marco de las competencias de la Secretaría de Estado de Cultura. Se busca preservar y difundir el patrimonio cultural teatral y circense, fomentando la comunicación entre Comunidades Autónomas y garantizando el acceso a servicios culturales. Las ayudas se dividen en varias modalidades, incluyendo programaciones en espacios escénicos, residencias artísticas, proyectos estables, festivales, ferias, certámenes, circuitos y apoyo a infraestructuras circenses. Se prioriza el teatro y circo de calle y para la infancia, así como la inclusión de la disciplina de ilusionismo. Las actividades financiadas deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, salvo en modalidades bienales que se extenderán hasta 2027.
BDNS: 894859