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ESTADO

Resolución de la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se concede una subvención a la Fundación Casa del Corazón, de acuerdo con el Real Decreto 666/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión dire

Sanidad

La resolución concede una subvención de 120.000 € a la Fundación Casa del Corazón para la gestión y mantenimiento de los Registros Nacionales de Marcapasos y Desfibriladores Implantables. Esta subvención se enmarca dentro del Real Decreto 666/2025, que regula la concesión directa de ayudas en el ámbito de medicamentos y productos sanitarios, con el objetivo de garantizar la seguridad de estos productos. La subvención se otorga de forma directa tras verificar que la entidad cumple con las obligaciones establecidas en la Ley General de Subvenciones y que el presupuesto presentado es adecuado para la acción autorizada.

BDNS: 890401 | Registro: 2026-03-02

Análisis Económico

Importe Máximo 120.000 € por solicitud.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables relacionados con la gestión y mantenimiento de los registros.
Forma de Pago El importe de la subvención se abonará de una sola vez, en el plazo de un mes tras la presentación de la documentación requerida, que incluye una memoria de actuación y una memoria económica justificativa.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen aquellos necesarios para la realización de las actuaciones, que deben ser contraídos entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025. Se menciona que el gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa también es subvencionable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 666/2025. En este caso, la Fundación Casa del Corazón ha demostrado su capacidad para gestionar los registros mencionados y ha presentado un presupuesto detallado. Es necesario que la entidad esté al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no ser deudora por procedimientos de reintegro.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención no es compatible con otras ayudas cofinanciadas con fondos europeos destinadas a la misma finalidad. Se debe comunicar la obtención de otras subvenciones que financien las actividades subvencionadas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen: a) Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto; b) Justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones; c) Someterse a comprobaciones; d) Comunicar la obtención de otras subvenciones; e) No percibir subvenciones cofinanciadas con fondos europeos; f) Conservar documentos justificativos; g) Publicidad activa de información relevante; h) Incorporar el logotipo institucional en actividades de difusión; i) Garantizar la confidencialidad de datos; j) Proceder al reintegro en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se basa en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones y la adecuación del presupuesto presentado. No se especifican baremos de puntuación en el documento, pero se menciona la necesidad de justificar la eficacia de la subvención.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se concede una subvención a la Fundación Casa del Corazón, de acuerdo con el Real Decreto 666/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión dire
Resumen: La resolución concede una subvención de 120.000 € a la Fundación Casa del Corazón para la gestión y mantenimiento de los Registros Nacionales de Marcapasos y Desfibriladores Implantables. Esta subvención se enmarca dentro del Real Decreto 666/2025, que regula la concesión directa de ayudas en el ámbito de medicamentos y productos sanitarios, con el objetivo de garantizar la seguridad de estos productos. La subvención se otorga de forma directa tras verificar que la entidad cumple con las obligaciones establecidas en la Ley General de Subvenciones y que el presupuesto presentado es adecuado para la acción autorizada.
BDNS: 890401