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AUTONOMICA

Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales en el año 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria de subvenciones para el año 2026 tiene como objetivo financiar proyectos y programas en materia de servicios sociales, incluyendo tanto el mantenimiento de entidades sin ánimo de lucro como la ejecución de programas específicos. Se busca atender necesidades en los ámbitos de la autonomía personal y la inclusión social. Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el registro correspondiente y cumplir con requisitos específicos establecidos en la normativa vigente. La financiación total disponible es de 640.000 euros, con límites específicos para cada tipo de subvención.

BDNS: 906519 | Registro: 2026-05-19

Análisis Económico

Importe Máximo 35.000 euros para el mantenimiento de entidades y 40.000 euros por programa de servicios sociales.
% Subvención Hasta un 90% del coste total del proyecto/programa, con un mínimo de 4.000 euros por programa.
Forma de Pago Los pagos se realizarán tras la justificación de los gastos, y se podrán solicitar anticipos bajo ciertas condiciones.
Gastos Subvencionables
Se subvencionan gastos de personal, dietas y gastos de viaje (solo para profesionales contratados), material no inventariable, gastos de gestión y administración (máximo 10% del coste total), y otros gastos necesarios para la implementación del programa.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades privadas sin ánimo de lucro que operan en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, no tener deudas por reintegro de subvenciones, y no estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario. Además, deben presentar una declaración responsable sobre el cumplimiento de estos requisitos y no recibir otras ayudas que superen el coste de la ayuda solicitada.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no podrán ser acumuladas con otras ayudas para el mismo objeto, salvo que se justifique que los gastos no se duplican. Las entidades deben declarar cualquier otra subvención recibida para el mismo fin.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben mantener el cumplimiento de los requisitos durante el periodo de ejecución del programa, justificar los gastos ante la administración, y utilizar el logotipo correspondiente en la difusión de los programas subvencionados.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se realizará en régimen de concurrencia competitiva, considerando criterios como la adecuación del proyecto a las necesidades sociales, la experiencia del personal, la viabilidad económica y la capacidad de la entidad para ejecutar el programa. Se aplicarán baremos específicos según el tipo de programa solicitado.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales en el año 2026.
Resumen: La convocatoria de subvenciones para el año 2026 tiene como objetivo financiar proyectos y programas en materia de servicios sociales, incluyendo tanto el mantenimiento de entidades sin ánimo de lucro como la ejecución de programas específicos. Se busca atender necesidades en los ámbitos de la autonomía personal y la inclusión social. Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el registro correspondiente y cumplir con requisitos específicos establecidos en la normativa vigente. La financiación total disponible es de 640.000 euros, con límites específicos para cada tipo de subvención.
BDNS: 906519