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LOCAL

Resolución de Alcaldía nº 2026/00002583 de 08/06/2026 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la Concejalía de Salud y Consumo para el año 2026 mediante el Régimen de concurrencia competitiva.

Otras Prestaciones económicas

La convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva en materia de Salud y Consumo, con un presupuesto total de 10.000,00 € para el año 2026. Las subvenciones están destinadas a entidades y asociaciones que desarrollen actividades relacionadas con la salud y el consumo, fomentando la mejora de la calidad de vida de la población. Se establece un plazo de 20 días hábiles para la presentación de solicitudes a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. La resolución de las solicitudes se llevará a cabo mediante un informe de valoración por parte de una Mesa de Instrucción, seguido de una resolución provisional y definitiva por la Junta de Gobierno Local.

BDNS: 911445 | Registro: 2026-06-09

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 10.000,00 €.
% Subvención Las subvenciones cubrirán hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite total de 10.000,00 €.
Forma de Pago El pago se realizará en dos partes: un anticipo del 75% al conceder la subvención y el 25% restante tras la justificación del 100% de las actividades subvencionadas.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal, materiales, dietas, obras, y otros gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada. El IVA es subvencionable si no es recuperable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades y asociaciones que desarrollen actividades en el ámbito de la salud y el consumo. Deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social. Se requiere que presenten un proyecto detallado que incluya objetivos, metodología y presupuesto. Además, deben demostrar experiencia previa en actividades similares y no estar incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada y se declare la cofinanciación en la solicitud.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen: justificación de la subvención en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades, mantener la inversión, y cumplir con la normativa de publicidad de la subvención. El incumplimiento puede llevar al reintegro de las cantidades percibidas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se puntúan de 0 a 10 puntos, con un máximo de 100 puntos. Los criterios incluyen: 1) Experiencia de la entidad; 2) Coherencia del proyecto; 3) Déficit de actividades similares; 4) Aportación de recursos humanos; 5) Cofinanciación; 6) Actividades de apoyo a enfermos; 7) Promoción de hábitos saludables; 8) Actividades formativas; 9) Participación social; 10) Enfoque de género.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de Alcaldía nº 2026/00002583 de 08/06/2026 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la Concejalía de Salud y Consumo para el año 2026 mediante el Régimen de concurrencia competitiva.
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva en materia de Salud y Consumo, con un presupuesto total de 10.000,00 € para el año 2026. Las subvenciones están destinadas a entidades y asociaciones que desarrollen actividades relacionadas con la salud y el consumo, fomentando la mejora de la calidad de vida de la población. Se establece un plazo de 20 días hábiles para la presentación de solicitudes a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. La resolución de las solicitudes se llevará a cabo mediante un informe de valoración por parte de una Mesa de Instrucción, seguido de una resolución provisional y definitiva por la Junta de Gobierno Local.
BDNS: 911445