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AUTONOMICA

Resolución de 9 de Abril de 2026, de la S.G. de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, Convocatoria 2026 de subvenciones destinadas a formación, estudios y publicaciones en materia de violencia de género – Línea 2 Estudios y Publicaciones

Investigación, desarrollo e innovación

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2026, destinadas a la formación, estudios y publicaciones en materia de violencia de género. Se establecen dos líneas de actuación: la primera, para subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para actividades de formación, con un importe máximo de 425.000 euros; y la segunda, para estudios y publicaciones, con un importe máximo de 125.000 euros. La financiación proviene del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y se requiere que toda información o publicidad relacionada con las actividades subvencionadas mencione esta financiación.

BDNS: 897679 | Registro: 2026-04-08

Análisis Económico

Importe Máximo Línea 1: 18.000 euros por entidad beneficiaria para actividades de formación. Línea 2: 25.000 euros por entidad beneficiaria para estudios y publicaciones.
% Subvención El porcentaje máximo de la subvención será del 100% del presupuesto presentado por cada entidad.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación del gasto, que debe presentarse en un plazo de tres meses desde la finalización del periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal (contratado o voluntario), materiales fungibles, dietas, gastos de publicidad y difusión, y otros gastos necesarios para la ejecución de la actividad. Se excluyen los gastos no justificados o que no se correspondan con la actividad subvencionada.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos en las bases reguladoras. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia de subvenciones. Además, deben presentar la documentación acreditativa necesaria junto con la solicitud, que incluye el Anexo II de alegaciones y aceptación.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada y se cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones importantes incluyen: mantener la inversión durante un periodo mínimo, justificar el gasto en el plazo establecido, y mencionar la financiación del Pacto de Estado en toda la publicidad relacionada con la actividad subvencionada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se basan en el apartado 12 del cuadro resumen de las bases reguladoras. Se valorará la calidad de la actividad formativa o del estudio, la experiencia previa de la entidad en la materia, la adecuación del presupuesto presentado, y la capacidad de la entidad para llevar a cabo la actividad propuesta. Se asignarán puntos según los baremos establecidos, siendo un máximo de 25 puntos por cada criterio.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 9 de Abril de 2026, de la S.G. de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, Convocatoria 2026 de subvenciones destinadas a formación, estudios y publicaciones en materia de violencia de género – Línea 2 Estudios y Publicaciones
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2026, destinadas a la formación, estudios y publicaciones en materia de violencia de género. Se establecen dos líneas de actuación: la primera, para subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para actividades de formación, con un importe máximo de 425.000 euros; y la segunda, para estudios y publicaciones, con un importe máximo de 125.000 euros. La financiación proviene del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y se requiere que toda información o publicidad relacionada con las actividades subvencionadas mencione esta financiación.
BDNS: 897679