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ESTADO

Resolución de 2 de marzo de 2026 de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, por la que se convocan ayudas para 2026, del Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria de ayudas del Programa de Mayores y Dependientes tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores. Se busca financiar actividades de carácter informativo, social o asistencial que beneficien a este colectivo. La financiación se realizará en régimen de concurrencia competitiva, con un presupuesto máximo de 2.597.934 euros para el año 2026. Las entidades beneficiarias deben ser centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que atiendan a personas mayores y/o dependientes que sean españoles en el exterior o cónyuges de estos, y que carezcan de medios suficientes para subsistir por sí mismos.

BDNS: 891128 | Registro: 2026-03-04

Análisis Económico

Importe Máximo La subvención no podrá ser superior a 100.000 euros por entidad.
% Subvención La subvención cubrirá el coste total de la actividad aprobada, deduciendo un porcentaje de financiación propia mínimo del 2%.
Forma de Pago El pago de las subvenciones se realizará con carácter anticipado en un solo plazo en el momento de la concesión.
Gastos Subvencionables
Serán subvencionables los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad, excluyendo gastos de inversión. Se incluyen gastos generales, retribuciones del personal hasta el importe fijado en el Convenio Colectivo Único, y otros gastos directos de la actividad. El IVA no será subvencionable a menos que se justifique que no puede recuperarse.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán acceder a las ayudas los centros de día, residencias de mayores y otras instituciones que atiendan a personas mayores y/o dependientes no pertenecientes a la población activa, que sean españoles en el exterior o cónyuges de estos. Las entidades deben demostrar que carecen de medios suficientes para subsistir. Además, deben estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y no estar incursas en prohibiciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que se declare la obtención de otras ayudas para la misma finalidad y se indique el importe y el organismo concedente.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa de subvenciones, identificar la procedencia de la subvención, dar difusión al carácter público de la financiación, y justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas en un plazo de tres meses tras la finalización de la actividad subvencionada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: a) Calidad y necesidad social del programa (hasta 20 puntos), b) Estructura y capacidad de gestión (hasta 10 puntos), c) Financiación pública o privada suplementaria (hasta 5 puntos), d) Corresponsabilización en la financiación (hasta 5 puntos), e) Cumplimiento de obligaciones de subvenciones anteriores (hasta -15 puntos si hay incumplimientos). Criterios específicos incluyen: a) Número de beneficiarios españoles (hasta 15 puntos), b) Grado de necesidad de la colectividad atendida (hasta 20 puntos), c) Especialización de la entidad en la atención al colectivo (hasta 25 puntos).

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 2 de marzo de 2026 de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, por la que se convocan ayudas para 2026, del Programa de Mayores y Dependientes de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
Resumen: La convocatoria de ayudas del Programa de Mayores y Dependientes tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de los españoles mayores y/o dependientes en el exterior mediante el apoyo a centros sociales, centros de día y residencias de mayores. Se busca financiar actividades de carácter informativo, social o asistencial que beneficien a este colectivo. La financiación se realizará en régimen de concurrencia competitiva, con un presupuesto máximo de 2.597.934 euros para el año 2026. Las entidades beneficiarias deben ser centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que atiendan a personas mayores y/o dependientes que sean españoles en el exterior o cónyuges de estos, y que carezcan de medios suficientes para subsistir por sí mismos.
BDNS: 891128