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AUTONOMICA

Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Consejería de Igualdad, por la que se convocan subvenciones para favorecer la igualdad y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI y visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Cas

Servicios Sociales y Promoción Social

La resolución tiene como objetivo convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos que promuevan la igualdad y no discriminación de personas LGTBI y visibilización del movimiento asociativo LGTBI en Castilla-La Mancha. Se establecen tres líneas de actuación: 1) Proyectos de entidades sin ánimo de lucro LGTBI, 2) Actividades de visibilización del movimiento asociativo LGTBI, y 3) Proyectos de entidades locales que promuevan la diversidad y la igualdad de trato para el colectivo LGTBI.

BDNS: 890732 | Registro: 2026-03-03

Análisis Económico

Importe Máximo 150.000 euros en total, distribuidos en 60.000 euros para la línea 1, 33.000 euros para la línea 2 y 57.000 euros para la línea 3.
% Subvención 100% del importe total de la subvención solicitada, con límites específicos por línea: 5.000 euros para la línea 1 y 3, y 1.800 euros para la línea 2.
Forma de Pago El pago se realizará de manera anticipada por el importe total, sin necesidad de justificación previa. Se requiere que la entidad esté al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal propio o contratado, consultoría, desplazamientos, alojamiento, manutención, materiales, alquiler de locales y equipos, costes indirectos (hasta un 10% del total), y gastos de formación y conferencias con límites específicos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Las entidades beneficiarias varían según la línea de subvención: 1) Entidades sin ánimo de lucro LGTBI legalmente constituidas y activas en Castilla-La Mancha, con objetivos relacionados con la igualdad y no discriminación. 2) Las mismas entidades para la línea de visibilización. 3) Entidades locales de Castilla-La Mancha. Todas deben estar inscritas en el registro correspondiente y tener sede en la región.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no constituyen ayudas de estado y se regirán por la normativa de subvenciones vigente, permitiendo la posibilidad de concurrir a otras ayudas siempre que no se supere el coste total del proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Orden 19/2026, que incluyen la justificación del uso de la subvención, la publicidad de la colaboración de la Consejería, y la presentación de informes de seguimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se detallan en los artículos 12 a 14 de la Orden 19/2026, que establecen un sistema de puntuación basado en la calidad del proyecto, su viabilidad, impacto esperado y alineación con los objetivos de la convocatoria.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Consejería de Igualdad, por la que se convocan subvenciones para favorecer la igualdad y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI y visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Cas
Resumen: La resolución tiene como objetivo convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos que promuevan la igualdad y no discriminación de personas LGTBI y visibilización del movimiento asociativo LGTBI en Castilla-La Mancha. Se establecen tres líneas de actuación: 1) Proyectos de entidades sin ánimo de lucro LGTBI, 2) Actividades de visibilización del movimiento asociativo LGTBI, y 3) Proyectos de entidades locales que promuevan la diversidad y la igualdad de trato para el colectivo LGTBI.
BDNS: 890732