Innpulsa | Detalle de Convocatoria
FICHA IA
Home Observador IA Diagnóstico Servicios Modelo NIT Sobre Nosotros Recursos Contacto
ESTADO

Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Dirección del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la realización de postgrados de estudios feministas y de género y actividades para el año 2026

Educación

La Orden IGD/1299/2025 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto de las Mujeres, O.A., en el ámbito universitario. Su objetivo es promover la igualdad de género y la participación de las mujeres en diversas áreas a través de la financiación de programas de postgrado, actividades universitarias y proyectos de investigación relacionados con la igualdad. Las subvenciones se dividen en tres líneas principales: programas de postgrado de estudios feministas y de género, actividades universitarias relacionadas con la igualdad, y proyectos de investigación en el ámbito universitario. Cada línea tiene sus propios criterios y requisitos específicos para la concesión de ayudas.

BDNS: 894484 | Registro: 2026-03-23

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo a conceder se establecerá en cada convocatoria específica, y se determinará en función de la puntuación obtenida por el proyecto.
% Subvención Las subvenciones pueden cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables, dependiendo de la puntuación obtenida en la evaluación de los proyectos.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará de manera anticipada tras la resolución de concesión, sin necesidad de garantías. No se realizará el pago si la entidad no está al corriente de sus obligaciones tributarias o si es deudora por reintegro.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos de personal (retribuciones y cuotas de la Seguridad Social), arrendamientos de servicios, gastos asociados a la actividad (material fungible, alquiler de salas, publicidad), gastos de viaje y dietas, materiales de difusión, y costes de auditoría si se requiere. Las convocatorias pueden especificar otros gastos elegibles.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las Universidades Públicas que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario. Deben estar legalmente constituidas, inscritas en el registro público correspondiente, y no estar incursas en prohibiciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y haber justificado adecuadamente subvenciones anteriores recibidas de la Administración General del Estado.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La obtención concurrente de subvenciones de otras administraciones o entidades es compatible siempre que no supere el coste total de la actividad subvencionada. En caso de superarse, se procederá al reintegro del exceso obtenido.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben realizar el programa o proyecto conforme a lo establecido en la convocatoria, gestionar directamente las actuaciones, dar publicidad a la financiación pública, y presentar la justificación de los gastos en los plazos establecidos. También deben mantener un sistema de contabilidad separado para las transacciones relacionadas con la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará según criterios específicos establecidos en cada capítulo de la orden. Por ejemplo, para los programas de postgrado, se valorarán aspectos como la especialización del equipo docente (hasta 20 puntos), la participación interuniversitaria (hasta 10 puntos), y la calidad de la descripción de los criterios de concesión de becas (hasta 25 puntos). La puntuación máxima es de 100 puntos, y se requiere un mínimo de 55 puntos para superar la evaluación en programas de postgrado.

¿Te ayudamos a tramitar esta subvención?

Maximiza tus opciones de éxito. Nuestro equipo de expertos analiza tu caso, prepara la documentación técnica y administrativa, y gestiona todo el proceso por ti.

Referencia de la Convocatoria
Resolución de 18 de marzo de 2026, de la Dirección del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la realización de postgrados de estudios feministas y de género y actividades para el año 2026
Resumen: La Orden IGD/1299/2025 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por el Instituto de las Mujeres, O.A., en el ámbito universitario. Su objetivo es promover la igualdad de género y la participación de las mujeres en diversas áreas a través de la financiación de programas de postgrado, actividades universitarias y proyectos de investigación relacionados con la igualdad. Las subvenciones se dividen en tres líneas principales: programas de postgrado de estudios feministas y de género, actividades universitarias relacionadas con la igualdad, y proyectos de investigación en el ámbito universitario. Cada línea tiene sus propios criterios y requisitos específicos para la concesión de ayudas.
BDNS: 894484