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AUTONOMICA

Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines sociales CyL con cargo a la asignación tributaria 0,7% IRPF

Servicios Sociales y Promoción Social

La presente resolución convoca subvenciones para la realización de programas de interés general destinados a atender fines sociales en Castilla y León, financiadas con el 0,7% de los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre sociedades. Las líneas de actuación incluyen la promoción de la igualdad de género, inclusión social, atención a la infancia, apoyo a familias, atención a personas con discapacidad, asistencia a personas mayores y tratamiento de trastornos adictivos. Se establece un régimen de concurrencia competitiva y se detallan las cuantías asignadas a cada línea de subvención, así como los criterios de valoración y requisitos para los beneficiarios.

BDNS: 892466 | Registro: 2026-03-11

Análisis Económico

Importe Máximo 1.000.000 euros por programa, con límites específicos según la línea de subvención.
% Subvención Hasta el 100% del presupuesto aceptado, sin superar el coste total de la actuación subvencionada. Límites específicos: 25% para líneas 1, 2 y 3 en igualdad de género; 50% para línea 4; 300.000 euros para obras en discapacidad y mayores; 12.000 euros para obras de inclusión social.
Forma de Pago Se podrá abonar un anticipo de hasta el 100% antes de iniciar la actividad. El pago se realizará mediante transferencia bancaria tras la justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención.
Gastos Subvencionables
Gastos directamente relacionados con la ejecución de los programas, incluyendo personal, dietas, obras, equipamiento, y otros gastos necesarios. Los gastos de personal tienen topes máximos según categoría. No se subvencionan gastos financieros, licencias, gratificaciones a voluntarios, intereses, y gastos de promoción institucional.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias Cruz Roja Española y entidades del Tercer Sector de Acción Social que desarrollen programas subvencionables en Castilla y León. Deben estar legalmente constituidas, inscritas en el registro correspondiente, y al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. No podrán ser beneficiarias entidades públicas, universidades, partidos políticos, colegios profesionales, fundaciones de entidades bancarias, entre otros. Las entidades asociadas también pueden ser beneficiarias, pero no pueden presentar solicitudes independientes para programas similares.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total de la actividad subvencionada. Excepciones para ayudas estatales específicas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades deben mantener la inversión, justificar el uso de la subvención, y cumplir con la normativa de protección de datos. Deben presentar informes de avance y justificación de gastos en plazos establecidos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los programas deben alcanzar al menos 40 puntos en ámbitos como igualdad de género, inclusión social, infancia, etc., y 30 puntos en discapacidad y mayores. Se seleccionarán por orden de puntuación hasta agotar el crédito disponible. En caso de empate, se priorizará a entidades que empleen personas con discapacidad.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines sociales CyL con cargo a la asignación tributaria 0,7% IRPF
Resumen: La presente resolución convoca subvenciones para la realización de programas de interés general destinados a atender fines sociales en Castilla y León, financiadas con el 0,7% de los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre sociedades. Las líneas de actuación incluyen la promoción de la igualdad de género, inclusión social, atención a la infancia, apoyo a familias, atención a personas con discapacidad, asistencia a personas mayores y tratamiento de trastornos adictivos. Se establece un régimen de concurrencia competitiva y se detallan las cuantías asignadas a cada línea de subvención, así como los criterios de valoración y requisitos para los beneficiarios.
BDNS: 892466