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ESTADO

Resolución 14/05/2026 de subvenciones públicas destinadas a programas y proyectos para la concienciación, prevención, sensibilización, investigación e innovación para la erradicación de las distintas formas de violencia contra las mujeres.

Servicios Sociales y Promoción Social

La Orden IGD/393/2026 modifica la Orden IGD/239/2022, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a programas y proyectos de concienciación, prevención e investigación de las distintas formas de violencia contra las mujeres. El objetivo es prevenir la violencia de género y promover la igualdad, en línea con el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Las modificaciones buscan mejorar la gestión y la calidad de los proyectos, alineándolos con la Ley Orgánica 10/2022 y el Convenio de Estambul. Se enfatiza la perspectiva feminista y se establecen requisitos adicionales para las entidades solicitantes, como la presentación de un plan de igualdad y la alineación de los proyectos con la prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres.

BDNS: 905780 | Registro: 2026-05-14

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía máxima total de la convocatoria es de 7.000.000,00 €, y se determinará en función de la puntuación obtenida por cada proyecto.
% Subvención Las subvenciones se calcularán en función de la puntuación obtenida, con un máximo de 100 puntos. La fórmula para el importe individual concedido es (Pn/P100) × Importe subvencionable solicitado.
Forma de Pago El pago se realizará tras la evaluación y aceptación de la subvención, y se podrá prorratear si el total solicitado supera el crédito disponible.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables deben ser necesarios para la actividad y realizarse en el plazo establecido. Se consideran gastos relacionados con la concienciación, prevención, sensibilización, investigación e innovación en violencia contra las mujeres.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades de naturaleza jurídica privada sin ánimo de lucro que deben estar legalmente constituidas y registradas. Deben tener en sus estatutos la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres. Se requiere que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y que hayan justificado subvenciones anteriores. Las entidades con más de 50 trabajadores deben presentar un plan de igualdad. También deben acreditar que los proyectos están alineados con la prevención de la violencia contra las mujeres.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se superen los límites establecidos y se justifique la necesidad de la cofinanciación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley General de Subvenciones, justificar el uso de la subvención, y mantener la documentación relacionada con el proyecto. También deben garantizar la correcta ejecución del proyecto y la alineación con los objetivos de la convocatoria.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Para superar la evaluación, se requiere un mínimo de 45 puntos sobre 100. Los criterios de valoración incluyen: Justificación del proyecto (máx. 12 puntos), Contenido del proyecto (máx. 60 puntos), y Entidad que presenta el proyecto (máx. 28 puntos). Se valorará la adecuación, el ámbito territorial, la innovación, la población destinataria, la cofinanciación, el trabajo en red, la ejecución temporal y la alineación con el Pacto de Estado.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución 14/05/2026 de subvenciones públicas destinadas a programas y proyectos para la concienciación, prevención, sensibilización, investigación e innovación para la erradicación de las distintas formas de violencia contra las mujeres.
Resumen: La Orden IGD/393/2026 modifica la Orden IGD/239/2022, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a programas y proyectos de concienciación, prevención e investigación de las distintas formas de violencia contra las mujeres. El objetivo es prevenir la violencia de género y promover la igualdad, en línea con el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Las modificaciones buscan mejorar la gestión y la calidad de los proyectos, alineándolos con la Ley Orgánica 10/2022 y el Convenio de Estambul. Se enfatiza la perspectiva feminista y se establecen requisitos adicionales para las entidades solicitantes, como la presentación de un plan de igualdad y la alineación de los proyectos con la prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres.
BDNS: 905780