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AUTONOMICA

ORDEN HAP/ … /2026, de … de … de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades de información y prevención de los trastornos derivados del juego en Aragón, para el año 2026.

Sanidad

La Orden HAP/…/2026, de 18 de marzo, convoca subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en Aragón, destinadas a actividades de información y prevención de trastornos derivados del juego. El objetivo es desincentivar hábitos de juego patológico, especialmente en colectivos vulnerables como menores y personas con capacidades volitivas reducidas. Las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva, y se busca fomentar políticas de juego responsable y buenas prácticas. La financiación total disponible es de 60.000 euros, y las entidades deben cofinanciar al menos el 20% de los gastos.

BDNS: 890817 | Registro: 2026-03-03

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo total para la financiación de las subvenciones es de 60.000 euros.
% Subvención La subvención cubrirá hasta el 80% del coste total de las actuaciones, siendo necesario que las entidades aporten al menos el 20%.
Forma de Pago El pago se realizará en un único desembolso tras la justificación del cumplimiento de las actividades subvencionadas. No se realizará el pago si el beneficiario no está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos corrientes y de personal necesarios para la actividad, alquiler de locales, nóminas y seguros sociales del personal, y gastos de desplazamiento y manutención hasta el límite fijado para empleados públicos del Gobierno de Aragón.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades sin ánimo de lucro que deben estar legalmente constituidas y tener en sus estatutos la realización de actividades de prevención del juego. Deben cumplir con los requisitos de las bases reguladoras y estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que incurran en prohibiciones según el artículo 13 de la Ley 38/2003. Todos los requisitos deben acreditarse al finalizar el plazo de solicitudes y mantenerse durante la ejecución del programa.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que el total de ayudas no supere el 80% del gasto justificado. En caso contrario, la aportación de la Comunidad Autónoma se reducirá en ese porcentaje.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades deben cumplir con los objetivos de la subvención, justificar el uso de los fondos, someterse a comprobaciones, comunicar la obtención de otras subvenciones, y conservar la documentación justificativa. También deben informar sobre cualquier cambio en las condiciones que afecten la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se basa en dos criterios principales: 1) Valoración técnica de la entidad (0-10 puntos) que incluye el grado de implantación y experiencia en actividades relacionadas. 2) Valoración de las actividades a realizar (0-90 puntos), que considera la calidad del contenido, lugares de realización, adecuación del presupuesto y cofinanciación. Se requiere un mínimo de 50 puntos en total y 30 en actividades para recibir financiación.

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Referencia de la Convocatoria
ORDEN HAP/ … /2026, de … de … de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades de información y prevención de los trastornos derivados del juego en Aragón, para el año 2026.
Resumen: La Orden HAP/…/2026, de 18 de marzo, convoca subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en Aragón, destinadas a actividades de información y prevención de trastornos derivados del juego. El objetivo es desincentivar hábitos de juego patológico, especialmente en colectivos vulnerables como menores y personas con capacidades volitivas reducidas. Las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva, y se busca fomentar políticas de juego responsable y buenas prácticas. La financiación total disponible es de 60.000 euros, y las entidades deben cofinanciar al menos el 20% de los gastos.
BDNS: 890817