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AUTONOMICA

ORDEN HAC/2/2026, DE 10 DE MARZO, POR LA QUE SE REGULA LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y DIVULGACIÓN DE TEMAS EUROPEOS POR MUNICIPIOS Y MANCOMUNIDADES EN 2026.

Otras actuaciones de carácter económico

La presente Orden regula la convocatoria de subvenciones para proyectos y actividades de información y divulgación sobre temas europeos en municipios y mancomunidades de Cantabria durante el año 2026. Se busca fomentar una ciudadanía europea activa, con especial énfasis en la conmemoración del 40 Aniversario de la adhesión de España y Portugal a la UE. Las líneas de actuación incluyen la Europa digital, verde, social, oportunidades del mercado interior, financiación europea, y la diversidad cultural, entre otros. Los proyectos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y no se financiarán inversiones en infraestructuras ni gastos generales de las organizaciones solicitantes.

BDNS: 892443 | Registro: 2026-03-11

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total de las subvenciones es de 225.000,00 €, con posibilidad de incremento a 250.000,00 € dependiendo de la disponibilidad presupuestaria.
% Subvención La subvención máxima por proyecto es de 4.500,00 €.
Forma de Pago El abono de la subvención se realizará mediante un único pago, sin necesidad de justificación previa, quedando sujeta la justificación total a lo establecido en el artículo 9.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen gastos corrientes propios del desarrollo del proyecto, como cursos, talleres, campañas de difusión, actividades culturales y publicaciones. No se subvencionan inversiones en infraestructuras, equipamientos, obras, ni gastos generales de las organizaciones.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los municipios y mancomunidades domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que deben tener la estructura y capacidad suficiente para realizar las actividades propuestas. No podrán ser beneficiarios aquellos que se encuentren en las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley de Cantabria 10/2006, que incluyen, entre otros, estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total de la actividad subvencionada y se respeten los límites establecidos en la normativa aplicable.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben realizar la actividad subvencionada, justificar la realización de la actividad, estar al corriente de obligaciones tributarias, comunicar la obtención de otras ayudas, y hacer constar la subvención en toda la publicidad relacionada con el proyecto.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Interés informativo y divulgativo (hasta 65 puntos), 2) Formulación clara de objetivos y actividades (hasta 15 puntos), 3) Presupuesto y su adecuación (hasta 5 puntos), 4) Integración de la perspectiva de género (1 punto). Se requiere un mínimo del 30% de la puntuación total para ser subvencionado.

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Referencia de la Convocatoria
ORDEN HAC/2/2026, DE 10 DE MARZO, POR LA QUE SE REGULA LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y DIVULGACIÓN DE TEMAS EUROPEOS POR MUNICIPIOS Y MANCOMUNIDADES EN 2026.
Resumen: La presente Orden regula la convocatoria de subvenciones para proyectos y actividades de información y divulgación sobre temas europeos en municipios y mancomunidades de Cantabria durante el año 2026. Se busca fomentar una ciudadanía europea activa, con especial énfasis en la conmemoración del 40 Aniversario de la adhesión de España y Portugal a la UE. Las líneas de actuación incluyen la Europa digital, verde, social, oportunidades del mercado interior, financiación europea, y la diversidad cultural, entre otros. Los proyectos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y no se financiarán inversiones en infraestructuras ni gastos generales de las organizaciones solicitantes.
BDNS: 892443