La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, destinadas a programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad. Estas ayudas están cofinanciadas por la Unión Europea a través del programa FSE+ Galicia 2021-2027. Los programas subvencionables deben incluir atención personalizada y especializada, y pueden estar dirigidos a mujeres gestantes o lactantes con hijos menores de tres años, o a mujeres en situación de vulnerabilidad pertenecientes a colectivos específicos. La finalidad es fomentar la igualdad de oportunidades y mejorar la autonomía e independencia de las mujeres beneficiarias.
BDNS: 882995
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Registro: 2026-01-22
Análisis Económico
Importe Máximo
La cuantía máxima de la ayuda por entidad es de 40.000,00€.
% Subvención
Hasta un 100% de los costes directos de personal y otros gastos directos, dependiendo de la puntuación obtenida en la valoración. Se establece un coste unitario por hora trabajada que varía según el grupo profesional.
Forma de Pago
Se realizará un primer pago del 90% de la subvención concedida como anticipo tras la notificación de la resolución. El 10% restante se pagará tras la justificación de la ejecución del programa.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos directos de personal, otros gastos directos (seguros, dietas, locomoción), y gastos indirectos (gastos corrientes necesarios para el desarrollo del programa). No se consideran subvencionables tasas, tributos o impuestos, excepto el IVA no recuperable.
Requisitos y Beneficiarios
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Podrán ser beneficiarias las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que estén inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) y que tengan domicilio social o delegación en Galicia. No deben estar incursos en prohibiciones establecidas en la Ley 9/2007. Las entidades excluidas son comunidades de bienes, sociedades civiles, cooperativas, entre otras. Todos los requisitos deben cumplirse al finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia
Las subvenciones son incompatibles con otras ayudas públicas para la misma actividad. Los ingresos generados por la actividad subvencionada se deducirán del gasto subvencionable.
Detalles Técnicos
Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben destinar los fondos a la finalidad para la que fueron concedidos, mantener registros contables adecuados, dar publicidad al carácter público del financiamiento, y cumplir con la normativa de protección de datos. También deben justificar la ejecución del programa y someterse a auditorías y controles.
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: especialización del programa (hasta 10 puntos), duración del programa (hasta 15 puntos), localización del programa (hasta 15 puntos), interés y calidad del programa (hasta 54 puntos), y justificación de ayudas previas (hasta 6 puntos). En caso de empate, se priorizará la puntuación en el criterio de interés y calidad.