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AUTONOMICA

Orden de 24 de marzo de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan ayudas públicas relativas al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) en la Región de Murcia correspondientes al año 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas públicas en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para el año 2026 en la Región de Murcia. Estas ayudas están destinadas a fomentar la pesca sostenible, la conservación de recursos biológicos acuáticos, y el desarrollo de actividades acuícolas sostenibles. Se priorizan acciones que contribuyan a la eficiencia energética, la mejora de condiciones laborales en el sector pesquero, y la innovación en acuicultura. Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, y se regirán por las bases establecidas en la Orden de 6 de marzo de 2024, así como por la normativa comunitaria y nacional aplicable.

BDNS: 895008 | Registro: 2026-03-24

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de las ayudas varía según la medida, con cuantías específicas asignadas para cada tipo de actividad. Por ejemplo, para la medida de eficiencia energética se asignan 118.173,04 € para 2026.
% Subvención Las ayudas pueden alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, dependiendo de la medida específica. Por ejemplo, se prevén ayudas del 100% para inversiones en eficiencia energética y mitigación del cambio climático.
Forma de Pago El pago de las ayudas se realizará previa justificación de la actividad subvencionada. Se permiten pagos parciales si se justifica al menos el 50% del coste elegible. También se admiten pagos anticipados para ciertas medidas, como la innovación, hasta un límite de 60.000 €.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen inversiones en equipos que reduzcan emisiones, mejoras en condiciones laborales y de seguridad a bordo, innovación en acuicultura, y gastos relacionados con la comercialización y transformación de productos pesqueros. Los gastos deben ser efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2029.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarios de las ayudas tanto personas físicas como jurídicas, comunidades de bienes y agrupaciones, siempre que cumplan con los requisitos generales y específicos establecidos en la convocatoria. Específicamente, se requiere que los solicitantes no estén incurso en infracciones graves relacionadas con la pesca, y que estén al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Además, si se trata de comunidades de bienes, deberán designar un representante con poderes suficientes para actuar en nombre de la agrupación.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras ayudas de la Unión Europea, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada. No se puede recibir financiación por el mismo gasto de diferentes fondos o programas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben realizar las inversiones para las que se otorga la ayuda, justificar la subvención, comunicar la obtención de otras ayudas, y mantener el funcionamiento de la actividad subvencionada durante un plazo de cinco años. Además, deben cumplir con las obligaciones de publicidad y conservar la documentación contable relacionada con la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen la adecuación del proyecto a la estrategia del FEMPA, la contribución a indicadores de resultados, y la adecuación a planes y programas nacionales o internacionales. Se valorarán aspectos ambientales y sociales, así como la viabilidad técnica del proyecto. La puntuación máxima es de 10 puntos, y se requiere un mínimo de 4 puntos para ser considerado apto.

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Referencia de la Convocatoria
Orden de 24 de marzo de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan ayudas públicas relativas al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) en la Región de Murcia correspondientes al año 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas públicas en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para el año 2026 en la Región de Murcia. Estas ayudas están destinadas a fomentar la pesca sostenible, la conservación de recursos biológicos acuáticos, y el desarrollo de actividades acuícolas sostenibles. Se priorizan acciones que contribuyan a la eficiencia energética, la mejora de condiciones laborales en el sector pesquero, y la innovación en acuicultura. Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, y se regirán por las bases establecidas en la Orden de 6 de marzo de 2024, así como por la normativa comunitaria y nacional aplicable.
BDNS: 895008