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ESTADO

ORDEN DE 18 DE MAYO DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DURANTE EL EJERCICIO 2026, PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN DE LOS TRASTORNOS DEL JUEGO, CON LOS EFECTOS DERIVADOS DE DICHO

Investigación, desarrollo e innovación

La convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026 tiene como objetivo financiar actividades de investigación relacionadas con la prevención de los trastornos del juego, sus efectos y los riesgos asociados. Se busca potenciar el conocimiento científico sobre estos temas, promoviendo la investigación en diversas líneas, como la detección temprana de comportamientos de juego de riesgo, el daño social y familiar asociado al juego, y el impacto de género en estos comportamientos. Los proyectos deben iniciarse a partir del 1 de enero de 2026 y concluir antes del 30 de junio de 2027, y se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, garantizando principios de transparencia y objetividad.

BDNS: 906158 | Registro: 2026-05-18

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía máxima destinada a financiar las subvenciones asciende a 950.620 euros.
% Subvención Hasta el 100% del presupuesto del proyecto, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria.
Forma de Pago El pago se realizará anticipadamente en un único pago tras la resolución de concesión, previa verificación del cumplimiento de requisitos. Se requerirá una garantía por el importe anticipado.
Gastos Subvencionables
Gastos de personal, movilidad, amortización de bienes, adquisición de bienes, consultoría, material bibliográfico, formación, preparación de actuaciones formativas, encuestas, alquiler de salas, inscripción en congresos, auditoría, y otros gastos necesarios para el desarrollo del proyecto.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser entidades con residencia fiscal en España o un establecimiento permanente en el país, incluyendo centros públicos y privados de investigación, universidades, y entidades sin fines de lucro. Estas entidades deben tener como objetivo la investigación y no pueden tener en sus órganos de gobierno a operadores de juego. Además, deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 y mantener la vinculación laboral de los investigadores durante el periodo de ejecución del proyecto.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no tendrán la consideración de ayudas de Estado y no se aplicará el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Se permite la cofinanciación con otras ayudas, siempre que no se supere el coste real del proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Realizar el proyecto conforme a la normativa vigente, justificar los gastos en el plazo establecido, mantener la vinculación laboral de los investigadores, y aceptar la inclusión en un listado de beneficiarios publicado en la web de la DGOJ.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se evaluarán hasta un máximo de 100 puntos: 60 puntos por calidad, viabilidad e impacto de la propuesta (25 puntos por calidad, 20 por viabilidad, 15 por impacto) y 40 puntos por la valoración del equipo de investigación (10 por trayectoria, 20 por contribuciones, 5 por dirección de proyectos, 5 por paridad de género). Se requiere un mínimo de 30 puntos para recibir financiación.

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Referencia de la Convocatoria
ORDEN DE 18 DE MAYO DE 2026 POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DURANTE EL EJERCICIO 2026, PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN RELACIONADAS CON LA PREVENCIÓN DE LOS TRASTORNOS DEL JUEGO, CON LOS EFECTOS DERIVADOS DE DICHO
Resumen: La convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026 tiene como objetivo financiar actividades de investigación relacionadas con la prevención de los trastornos del juego, sus efectos y los riesgos asociados. Se busca potenciar el conocimiento científico sobre estos temas, promoviendo la investigación en diversas líneas, como la detección temprana de comportamientos de juego de riesgo, el daño social y familiar asociado al juego, y el impacto de género en estos comportamientos. Los proyectos deben iniciarse a partir del 1 de enero de 2026 y concluir antes del 30 de junio de 2027, y se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, garantizando principios de transparencia y objetividad.
BDNS: 906158