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LÍNEA L10.3 SUBVENCIONES DESTINADAS A POTENCIAR EL ÉXITO EDUCATIVO Y LA PARTICIPACIÓN EN LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES EN EL MARCO DEL PLAN EDUCATIVO DE ENTORNO (Línea 2 – Participación en las actividades deportivas extraescolares).

Educación

La convocatoria de subvenciones L10.3 para el año 2026 tiene como objetivo potenciar el éxito educativo y la participación en actividades deportivas extraescolares en el marco del Plan Educativo de Entorno. Se busca garantizar un ocio de calidad y favorecer la equidad educativa de niños y jóvenes mediante actividades educativas y deportivas fuera del horario escolar. Las acciones deben promover competencias personales y sociales, mejorar el éxito educativo y fomentar valores de deporte y salud física, actuando como motor de cohesión social e integración para la igualdad de oportunidades. El procedimiento de concesión de ayudas es mediante concurrencia competitiva, específicamente para la Línea 2 que se centra en la participación en actividades deportivas extraescolares.

BDNS: 903178 | Registro: 2026-05-04

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de la convocatoria es de 27.500,00 €.
% Subvención La subvención puede alcanzar hasta el 100% de la despesa subvencionable, con un límite máximo de 15% del total de la partida destinada a esta convocatoria.
Forma de Pago El pago de las subvenciones se realizará mediante un anticipo del 100% eximido de garantía.
Gastos Subvencionables
Se subvencionarán actividades y proyectos educativos en áreas como juegos atléticos, artes marciales, juegos psicomotores, multideportes, deportes de raqueta, juegos con patines, danza y expresión corporal artística, y circo. Los gastos de personal deben cumplir con las tablas retributivas del convenio del sector del ocio educativo y sociocultural.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son centros educativos de educación infantil y primaria, tanto públicos como concertados, que deben cumplir con ciertos requisitos: las actividades deben estar incluidas en el Plan Anual del Centro, contar con una programación detallada, tener una duración mínima de 6 meses durante el curso escolar, y estar aprobadas por el Consejo Escolar del Centro. Además, el personal que organice las actividades debe utilizar el catalán como lengua vehicular y tener la formación adecuada, así como estar inscrito en los registros profesionales pertinentes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben garantizar el cumplimiento de los requisitos de personal, custodiar la documentación acreditativa, y poner a disposición del Ayuntamiento toda la documentación necesaria para comprobaciones. Además, deben justificar las actuaciones subvencionadas antes del 30 de septiembre de 2027.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los proyectos se valorarán sobre 100 puntos, con una puntuación mínima de 30 puntos en la valoración general y 20 puntos en criterios transversales. La nota final se ponderará sobre 0 a 10, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para recibir financiación. Los criterios de valoración incluyen la calidad del proyecto, el número de líneas educativas, el porcentaje de alumnado con necesidades específicas, y la periodicidad de las actividades, entre otros.

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Referencia de la Convocatoria
LÍNEA L10.3 SUBVENCIONES DESTINADAS A POTENCIAR EL ÉXITO EDUCATIVO Y LA PARTICIPACIÓN EN LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES EN EL MARCO DEL PLAN EDUCATIVO DE ENTORNO (Línea 2 – Participación en las actividades deportivas extraescolares).
Resumen: La convocatoria de subvenciones L10.3 para el año 2026 tiene como objetivo potenciar el éxito educativo y la participación en actividades deportivas extraescolares en el marco del Plan Educativo de Entorno. Se busca garantizar un ocio de calidad y favorecer la equidad educativa de niños y jóvenes mediante actividades educativas y deportivas fuera del horario escolar. Las acciones deben promover competencias personales y sociales, mejorar el éxito educativo y fomentar valores de deporte y salud física, actuando como motor de cohesión social e integración para la igualdad de oportunidades. El procedimiento de concesión de ayudas es mediante concurrencia competitiva, específicamente para la Línea 2 que se centra en la participación en actividades deportivas extraescolares.
BDNS: 903178