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Decreto de fecha 24 de abril de 2026 de las bases específicas para la obtención de ayudas y subvenciones de la concejalía de deportes para el año 2026

Educación

Las Bases Reguladoras establecen las condiciones y procedimientos para la solicitud, tramitación, concesión y justificación de ayudas y subvenciones en materia deportiva otorgadas por el Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt. Se subvencionarán actividades deportivas federadas desarrolladas por entidades y asociaciones del municipio. Las bases entran en vigor con su publicación en el B.O.P y permanecerán vigentes hasta su modificación o derogación. Se excluyen de la subvención la adquisición de material inventariable, gastos de comidas y gastos relacionados con el servicio de bar durante competiciones.

BDNS: 901858 | Registro: 2026-04-27

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de cada subvención no podrá ser superior a 7.000€.
% Subvención El porcentaje máximo a subvencionar será del 50% del coste de la actividad.
Forma de Pago La subvención se justificará antes del 5 de diciembre mediante la presentación de la documentación justificativa. El pago se realizará en un plazo de 60 días desde la correcta presentación de los justificantes.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los costes de actividades deportivas federadas, excluyendo la adquisición de material inventariable, gastos de comidas y gastos de bar durante competiciones.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios deben estar inscritos en el Registro Municipal de Entidades y en el Registro de Entidades del Consejo Catalán del Deporte. Además, deben contar con un Plan Interno de Igualdad de género y un Protocolo para la prevención del acoso sexual. El personal que tenga contacto con menores no debe haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual. Se requiere la presentación de certificados negativos de delitos de naturaleza sexual del personal mencionado. Si no se dispone de los planes requeridos, se regirán por los del Ayuntamiento.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se superen los límites establecidos y se cumplan las normativas aplicables.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben aceptar las condiciones de la subvención sin reservas y presentar la documentación justificativa. También deben mantener la inversión y cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios para el otorgamiento de las subvenciones son los siguientes: 100 puntos por actividad deportiva regular; 8 puntos por cada licencia de menores de 16 años empadronados; 3 puntos por cada licencia de 16 o más años empadronados; 100 puntos por tener un seguro de responsabilidad civil; 200 puntos por organizar al menos 2 actos anuales con 150 participantes; 200 puntos por participación en competiciones federadas fuera de Cataluña. La subvención se calculará proporcionalmente a la puntuación total y al presupuesto disponible.

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Referencia de la Convocatoria
Decreto de fecha 24 de abril de 2026 de las bases específicas para la obtención de ayudas y subvenciones de la concejalía de deportes para el año 2026
Resumen: Las Bases Reguladoras establecen las condiciones y procedimientos para la solicitud, tramitación, concesión y justificación de ayudas y subvenciones en materia deportiva otorgadas por el Ayuntamiento de Sant Vicenç de Montalt. Se subvencionarán actividades deportivas federadas desarrolladas por entidades y asociaciones del municipio. Las bases entran en vigor con su publicación en el B.O.P y permanecerán vigentes hasta su modificación o derogación. Se excluyen de la subvención la adquisición de material inventariable, gastos de comidas y gastos relacionados con el servicio de bar durante competiciones.
BDNS: 901858