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AUTONOMICA

Decreto 6/2026, por el que se modifica el Decreto 45/2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido en Castilla-La Mancha. Med.3

Fomento del Empleo

El Decreto 6/2026 modifica el Decreto 45/2025, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Este programa incluye tres medidas de subvención: 1) Inversión fija para la creación de empleo indefinido, 2) Costes salariales de personas con discapacidad, y 3) Ayudas a unidades de apoyo a la actividad profesional. La modificación principal amplía el plazo para realizar contrataciones vinculadas a la inversión de dos a seis meses, facilitando así el cumplimiento de los requisitos por parte de los centros especiales de empleo. Además, se detallan los créditos disponibles para 2026 y se establecen reservas de crédito para zonas despobladas y prioritarias.

BDNS: 891408 | Registro: 2026-03-05

Análisis Económico

Importe Máximo 1.200.000 euros para la medida 1; 29.000.000 euros para la medida 2; 1.000.000 euros para la medida 3.
% Subvención 100% para inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido; 50% para costes salariales de personas con discapacidad.
Forma de Pago Las subvenciones se pagarán tras la justificación de los gastos, con un plazo de justificación de dos meses desde la finalización de la actuación subvencionable. Se permite un anticipo bajo ciertas condiciones.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables: gastos de personal, costes salariales, inversiones en infraestructura, servicios de ajuste personal y social, y otros gastos directamente relacionados con la actividad de los centros especiales de empleo.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son centros especiales de empleo en Castilla-La Mancha que contratan a personas con discapacidad. Deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Se requiere que los proyectos estén alineados con las medidas del programa y que las inversiones y contrataciones se realicen dentro de los plazos establecidos. Los centros deben demostrar que cumplen con los requisitos de inversión y contratación para acceder a las subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada. Se deben declarar todas las ayudas solicitadas y recibidas para el mismo fin.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión durante un periodo mínimo, justificar los gastos ante la administración, y cumplir con las condiciones establecidas en la resolución de concesión. También deben dar publicidad a la financiación recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen la adecuación del proyecto a los objetivos del programa, la viabilidad técnica y económica, y el impacto en la creación de empleo. Se priorizarán los proyectos en zonas despobladas y aquellos que demuestren un mayor compromiso con la inclusión laboral.

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Referencia de la Convocatoria
Decreto 6/2026, por el que se modifica el Decreto 45/2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido en Castilla-La Mancha. Med.3
Resumen: El Decreto 6/2026 modifica el Decreto 45/2025, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Este programa incluye tres medidas de subvención: 1) Inversión fija para la creación de empleo indefinido, 2) Costes salariales de personas con discapacidad, y 3) Ayudas a unidades de apoyo a la actividad profesional. La modificación principal amplía el plazo para realizar contrataciones vinculadas a la inversión de dos a seis meses, facilitando así el cumplimiento de los requisitos por parte de los centros especiales de empleo. Además, se detallan los créditos disponibles para 2026 y se establecen reservas de crédito para zonas despobladas y prioritarias.
BDNS: 891408