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AUTONOMICA

Decreto 22/2026, de 16 de abril, por el que se conceden de forma directa subvenciones a entidades del tercer sector para la ejecución de un plan de lucha contra la exclusión social.

Servicios Sociales y Promoción Social

El Decreto 22/2026 tiene como objetivo conceder subvenciones directas a entidades del tercer sector para la ejecución de programas destinados a la lucha contra la exclusión social en Cantabria. Estas subvenciones se justifican por razones de interés público, social, económico y humanitario, y se centran en la financiación de programas específicos que abordan diversas formas de exclusión social, como la inserción sociolaboral de personas con VIH/SIDA, problemas de salud mental, drogodependencias, anorexia y bulimia, y la intervención con mujeres en situación de vulnerabilidad. Se busca garantizar la continuidad de estos programas, que son considerados insustituibles para la atención de colectivos vulnerables.

BDNS: 899870 | Registro: 2026-04-20

Análisis Económico

Importe Máximo Las cuantías varían según el programa, desde 20,500 € hasta 140,500 €.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, sin necesidad de garantías previas.
Forma de Pago El pago se realiza de forma anticipada en un 100% tras la entrada en vigor del decreto, sin necesidad de garantías previas.
Gastos Subvencionables
1. Gastos de personal contratado (nómina y Seguridad Social). 2. Gastos corrientes (material de oficina, suministros, gastos de actividad, asesoría, dietas por desplazamiento, gastos de protección de datos). 3. IVA no recuperable. 4. Gastos indirectos (máximo 5%).

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades sin ánimo de lucro que operan en el ámbito de la exclusión social y están registradas en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Las entidades deben demostrar su capacidad técnica y organizativa para llevar a cabo los programas subvencionados. Se priorizan aquellas que ya han trabajado en la ejecución de programas similares en años anteriores.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que no cubran los mismos gastos subvencionados. El importe total no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
1. Cumplir con los objetivos y actividades del proyecto. 2. Justificar el uso de la subvención. 3. Someterse a comprobaciones del órgano concedente. 4. Comunicar otras subvenciones recibidas. 5. Incluir la mención de la subvención en la publicidad y material impreso.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en términos de puntuación, ya que la concesión es directa por razones de interés público. Sin embargo, se espera que las entidades beneficiarias cumplan con los objetivos y actividades descritas en sus programas.

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Referencia de la Convocatoria
Decreto 22/2026, de 16 de abril, por el que se conceden de forma directa subvenciones a entidades del tercer sector para la ejecución de un plan de lucha contra la exclusión social.
Resumen: El Decreto 22/2026 tiene como objetivo conceder subvenciones directas a entidades del tercer sector para la ejecución de programas destinados a la lucha contra la exclusión social en Cantabria. Estas subvenciones se justifican por razones de interés público, social, económico y humanitario, y se centran en la financiación de programas específicos que abordan diversas formas de exclusión social, como la inserción sociolaboral de personas con VIH/SIDA, problemas de salud mental, drogodependencias, anorexia y bulimia, y la intervención con mujeres en situación de vulnerabilidad. Se busca garantizar la continuidad de estos programas, que son considerados insustituibles para la atención de colectivos vulnerables.
BDNS: 899870