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Convocatoria y bases reguladoras de subvenciones para Asociaciones Vecinales para la organización de fiestas de verano y otras actividades que promueven la participación de la ciudadanía del Municipio de Calvià.

Cultura

La convocatoria de subvenciones para asociaciones vecinales del municipio de Calvià tiene como objetivo financiar la organización de fiestas de verano y otras actividades que fomenten la participación ciudadana. Se establecen tres líneas de actuación: la primera se centra en la organización de fiestas de verano y fiestas patronales, la segunda en la participación en la Cabalgata de Reyes y el Carnaval, y la tercera en actividades de dinamización vecinal no incluidas en las anteriores. La convocatoria está regulada por la normativa estatal y autonómica vigente, y se destina un total de 230.000 euros para su ejecución en el año 2026.

BDNS: 897075 | Registro: 2026-04-07

Análisis Económico

Importe Máximo Subvención máxima de 17.500 euros por asociación, con un mínimo de 7.500 euros, y cantidades mínimas específicas para Calvià Vila (15.500 euros) y Es Capdellà (12.500 euros).
% Subvención Línea 1: 173.000 euros para fiestas de verano y patronales; Línea 2: 6.000 euros para la Cabalgata de Reyes y 6.000 euros para la organización de cabalgatas en zonas específicas; Línea 3: 45.000 euros para actividades no incluidas en las líneas anteriores.
Forma de Pago Las subvenciones se abonarán de manera anticipada en un único pago antes de justificar la actividad. Se pueden perder total o parcialmente si no se cumplen las obligaciones establecidas.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables gastos necesarios y directamente relacionados con la actividad, que no superen el valor de mercado. Incluyen gastos de personal, actividades (contrataciones, alquiler de infraestructuras, servicios profesionales, etc.), productos perecederos y equipamiento necesario. No se subvencionan gastos de protocolo, donativos, entradas a eventos, ni impuestos recuperables.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones vecinales sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Calvià antes del 1 de enero de 2026 y que tengan sus datos actualizados. Deben tener capacidad jurídica y no estar recibiendo subvenciones por el mismo objeto a través de otros convenios. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, haber justificado correctamente subvenciones anteriores y no tener deudas con el Ayuntamiento. No pueden haber sido sancionadas con pérdida del derecho a obtener subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son incompatibles entre la Línea 1 y la Línea 3, pero no con la Línea 2. Las asociaciones no pueden recibir subvenciones por el mismo objeto a través de otros convenios o ayudas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las asociaciones deben aceptar la subvención, realizar la actividad subvencionada, notificar modificaciones, conservar documentos justificativos, comunicar otras subvenciones obtenidas, y cumplir con la normativa de publicidad y permisos. También deben incluir el logotipo del Ayuntamiento en toda la documentación.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes de la Línea 1 se valorarán con un máximo de 100 puntos: hasta 80 puntos por la población del núcleo donde se realicen las actividades y hasta 20 puntos por la propuesta de actividades, evaluando la variedad y diversidad de públicos. Para las Líneas 2 y 3, el presupuesto se repartirá a partes iguales entre las asociaciones que cumplan los requisitos.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria y bases reguladoras de subvenciones para Asociaciones Vecinales para la organización de fiestas de verano y otras actividades que promueven la participación de la ciudadanía del Municipio de Calvià.
Resumen: La convocatoria de subvenciones para asociaciones vecinales del municipio de Calvià tiene como objetivo financiar la organización de fiestas de verano y otras actividades que fomenten la participación ciudadana. Se establecen tres líneas de actuación: la primera se centra en la organización de fiestas de verano y fiestas patronales, la segunda en la participación en la Cabalgata de Reyes y el Carnaval, y la tercera en actividades de dinamización vecinal no incluidas en las anteriores. La convocatoria está regulada por la normativa estatal y autonómica vigente, y se destina un total de 230.000 euros para su ejecución en el año 2026.
BDNS: 897075