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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL. AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria pública para la concesión de subvenciones en materia de acción social para el año 2026 tiene como objetivo financiar programas dirigidos a sectores específicos como mujeres, personas mayores, jóvenes, drogadicción, discapacidad, minorías étnicas, violencia de género y colectivos desfavorecidos. Las modalidades de subvención incluyen actividades y proyectos que se realicen durante el ejercicio 2026. Se establece un límite de 7.000 euros por beneficiario, con un total de 160.000 euros disponibles para la convocatoria. La ejecución de las actividades debe realizarse dentro del año 2026, y se priorizarán aquellas solicitudes que cumplan con los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.

BDNS: 897917 | Registro: 2026-04-09

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total de la subvención convocada es de 160.000 euros.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 7.000 euros por beneficiario.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará previa justificación y adopción del acuerdo correspondiente. Los pagos realizados al contado no podrán superar los 300 euros.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables son aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo establecido. No se admitirán gastos indirectos de gestión ni gastos superiores al valor de mercado. Los gastos deben estar efectivamente pagados antes de la finalización del plazo de justificación.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que realicen proyectos y/o actividades de carácter social y/o asistencial. Deben estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones antes de la publicación de la convocatoria y mantenerse inscritas durante la ejecución del proyecto. Las fundaciones deben estar registradas en el Gobierno de Aragón y tener delegación en Teruel. Además, deben garantizar un funcionamiento democrático y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No podrán solicitar subvenciones aquellas entidades que ya reciban fondos para la misma finalidad del Ayuntamiento de Teruel.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas de administraciones o instituciones, siempre que la suma total no supere el 100% del coste total de la actividad subvencionada. Se excluyen a las entidades que soliciten subvenciones para la misma finalidad en otras convocatorias del Ayuntamiento.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar el cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad subvencionada, someterse a comprobaciones del Ayuntamiento, comunicar modificaciones en la actuación subvencionada, y hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en sus medios de difusión. Además, deben destinar bienes adquiridos a la finalidad para la que se concedió la subvención durante un período mínimo.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se dividen en dos apartados: 1) Valoración de la entidad (hasta 30 puntos) que incluye experiencia, capacidad económica y organizativa; 2) Valoración del proyecto (hasta 70 puntos) que considera calidad técnica, eficacia y participación comunitaria. Se establecen cinco tramos de puntuación para determinar la cuantía de la subvención, siendo el tramo 0 el que no recibe financiación y el tramo 4 el de mayor puntuación.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL. AÑO 2026
Resumen: La convocatoria pública para la concesión de subvenciones en materia de acción social para el año 2026 tiene como objetivo financiar programas dirigidos a sectores específicos como mujeres, personas mayores, jóvenes, drogadicción, discapacidad, minorías étnicas, violencia de género y colectivos desfavorecidos. Las modalidades de subvención incluyen actividades y proyectos que se realicen durante el ejercicio 2026. Se establece un límite de 7.000 euros por beneficiario, con un total de 160.000 euros disponibles para la convocatoria. La ejecución de las actividades debe realizarse dentro del año 2026, y se priorizarán aquellas solicitudes que cumplan con los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.
BDNS: 897917