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LOCAL

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, AÑO 2026

Otras actuaciones de carácter económico

La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento del asociacionismo y la participación ciudadana en el Ayuntamiento de Teruel para el ejercicio 2026. Se busca apoyar el mantenimiento y funcionamiento de asociaciones vecinales, fortalecer el movimiento asociativo en diversas áreas como cultura, deporte y educación, y facilitar el desarrollo de proyectos que complementen las competencias municipales. La convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, diferenciando entre dos modalidades de subvención: a) Proyectos de actividades que impliquen participación y sean complementarios a los objetivos municipales, y b) Gastos de mantenimiento de sedes sociales y funcionamiento ordinario de las asociaciones. Los solicitantes solo podrán optar por una de las modalidades, y se establece un límite de 4.000 euros por beneficiario, con un total de 150.000 euros disponibles para la convocatoria.

BDNS: 897896 | Registro: 2026-04-09

Análisis Económico

Importe Máximo 150.000 euros en total para la convocatoria, con un límite de 4.000 euros por solicitud.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 4.000 euros por beneficiario.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará en un plazo estimado de tres meses desde la adopción del acuerdo de concesión, sin anticipos o pagos a cuenta.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos directamente relacionados con la ejecución de actividades del proyecto, así como gastos de mantenimiento de sedes sociales (alquiler, suministros, mobiliario, personal administrativo). No se subvencionan actividades complementarias como ágapes o comidas.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones antes de la publicación de la convocatoria y que se mantengan inscritas durante el proyecto y hasta la justificación del mismo. Deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no estar en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario según el artículo 13 de la Ley 38/2003. Se excluyen asociaciones que soliciten subvenciones en otras convocatorias del Ayuntamiento para materias de acción social o que reciban subvenciones a través de convenios o nominativas para la misma finalidad.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas de administraciones o instituciones, siempre que la suma no supere el 100% del coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, comunicar cualquier modificación relevante, y hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en sus medios de difusión. Además, deben mantener los bienes adquiridos con la subvención durante un período mínimo de 2 a 5 años, dependiendo del tipo de bien.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se dividen en dos categorías: 1) Para proyectos: a) Valoración de la entidad (hasta 25 puntos) y b) Valoración del proyecto (hasta 75 puntos). Para gastos de sedes sociales: a) Valoración de la entidad (hasta 25 puntos) y b) Análisis de pertinencia del gasto (hasta 75 puntos). Se establecen cinco tramos de puntuación para la asignación de subvenciones.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, AÑO 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento del asociacionismo y la participación ciudadana en el Ayuntamiento de Teruel para el ejercicio 2026. Se busca apoyar el mantenimiento y funcionamiento de asociaciones vecinales, fortalecer el movimiento asociativo en diversas áreas como cultura, deporte y educación, y facilitar el desarrollo de proyectos que complementen las competencias municipales. La convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, diferenciando entre dos modalidades de subvención: a) Proyectos de actividades que impliquen participación y sean complementarios a los objetivos municipales, y b) Gastos de mantenimiento de sedes sociales y funcionamiento ordinario de las asociaciones. Los solicitantes solo podrán optar por una de las modalidades, y se establece un límite de 4.000 euros por beneficiario, con un total de 150.000 euros disponibles para la convocatoria.
BDNS: 897896