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Convocatoria para el otorgamiento de las «Subvenciones en materia de Rehabilitación residencial como complemento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia» presupuesto 2026 mediante concurrencia pública no competiva

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

La convocatoria tiene como objetivo otorgar subvenciones para la rehabilitación residencial, complementando el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se busca fomentar proyectos de interés público o social que mejoren la eficiencia energética de edificios residenciales, con especial atención a la envoltura edificatoria en edificios de tipología colectiva. Las subvenciones se dividen en dos líneas: la Línea 1, que complementa las ayudas a nivel de barrio, y la Línea 3, que complementa las ayudas a nivel de edificio, ambas reguladas por el Real Decreto 853/2021. El presupuesto total para estas subvenciones es de 100.000 euros, con una posible ampliación de hasta 24.700 euros.

BDNS: 911610 | Registro: 2026-06-09

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total máximo de las subvenciones es de 100.000 euros, con una posible ampliación de hasta 24.700 euros.
% Subvención Hasta un 30% del coste de la actuación, con un límite de 4.300 euros por vivienda en la Línea 1 y entre 3.700 y 4.300 euros en la Línea 3, dependiendo de la antigüedad del edificio.
Forma de Pago Las subvenciones se pagarán tras la justificación de los gastos, que debe realizarse antes del último pago. La justificación debe presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la finalización del plazo máximo concedido.
Gastos Subvencionables
Se pueden financiar obras y actuaciones de rehabilitación de edificios residenciales, incluyendo mejoras en la eficiencia energética. No se especifican gastos no subvencionables en la documentación analizada.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser comunidades de propietarios constituidas en propiedad horizontal o propietarios únicos. No se requiere acreditar la residencia habitual y permanente de las viviendas. Los solicitantes deben estar al día en el pago de tributos y obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Granollers y no estar sujetos a prohibiciones para ser beneficiarios de subvenciones según la Ley General de Subvenciones. Además, deben destinar el importe íntegro de la ayuda al pago de las actuaciones correspondientes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el importe total no supere el coste de la actuación. Se deben considerar las ayudas recibidas de otros programas para no exceder el coste total de la actuación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben destinar el importe íntegro de la ayuda a las actuaciones subvencionadas, cumplir con la legalidad urbanística vigente, y finalizar las obras antes del 30 de junio de 2026. Además, deben mantener la inversión y cumplir con las obligaciones de justificación.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La concesión de las subvenciones se realizará por orden de entrada en el registro oficial hasta agotar el presupuesto. No se especifican criterios adicionales de valoración en la documentación analizada.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria para el otorgamiento de las «Subvenciones en materia de Rehabilitación residencial como complemento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia» presupuesto 2026 mediante concurrencia pública no competiva
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo otorgar subvenciones para la rehabilitación residencial, complementando el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se busca fomentar proyectos de interés público o social que mejoren la eficiencia energética de edificios residenciales, con especial atención a la envoltura edificatoria en edificios de tipología colectiva. Las subvenciones se dividen en dos líneas: la Línea 1, que complementa las ayudas a nivel de barrio, y la Línea 3, que complementa las ayudas a nivel de edificio, ambas reguladas por el Real Decreto 853/2021. El presupuesto total para estas subvenciones es de 100.000 euros, con una posible ampliación de hasta 24.700 euros.
BDNS: 911610