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AUTONOMICA

Convocatoria para el año 2026 las ayudas a organizaciones de productores pesqueros en el ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización, cofinanciadas por el FEMPA

Agricultura, Pesca y Alimentación

La convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas a organizaciones de productores pesqueros en Cantabria para la preparación y ejecución de planes de producción y comercialización (PPYC), cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). Se busca fomentar la comercialización y transformación de productos pesqueros, mejorando la organización de mercados. Las ayudas son compatibles con el mercado interior y se ajustan a la normativa europea y local. Se subvencionarán planes correspondientes a la anualidad 2025, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la resolución y en las bases reguladoras.

BDNS: 890631 | Registro: 2026-03-03

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total máxima de las ayudas es de 220.000,00 euros.
% Subvención Las ayudas pueden ser cofinanciadas hasta un 70% por la Unión Europea a través del FEMPA. Se concede un anticipo del 25% del importe total aprobado de los planes del año 2025.
Forma de Pago El anticipo del 25% se concede sin necesidad de aval bancario. El pago restante está condicionado a la justificación de los gastos y a las comprobaciones necesarias por parte del órgano concedente.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables son aquellos que se desarrollen en el marco de los planes de producción y comercialización aprobados, incluyendo gastos de personal, materiales, y otros gastos necesarios para la ejecución del PPYC. Se requiere la presentación de facturas y documentos contables que acrediten dichos gastos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son las organizaciones de productores pesqueros (OPP) reconocidas en Cantabria que cumplan con lo establecido en la Orden DES/20/2024. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Solo se aceptará una solicitud por OPP, y no se podrán reformular ni compensar gastos subvencionables. Se requiere que los solicitantes no hayan recibido otras ayudas para la misma finalidad y que no estén incurso en supuestos de exclusión establecidos en la normativa.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras ayudas públicas, siempre que no se superpongan en la misma finalidad y se cumpla con la normativa de ayudas estatales de la UE.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las OPP deben mantener la actividad subvencionada durante cinco años y comunicar cualquier variación en las inversiones. También deben aceptar las condiciones de la resolución y permitir la consulta de datos para verificar el cumplimiento de obligaciones tributarias.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se evaluarán según criterios generales, horizontales, de viabilidad y específicos, con una puntuación máxima de 100 puntos. Los criterios incluyen la adecuación a la estrategia, contribución a indicadores de resultado, viabilidad técnica y económica, y relación con la reducción de capturas accidentales. La puntuación se calculará mediante una fórmula que pondera cada criterio.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria para el año 2026 las ayudas a organizaciones de productores pesqueros en el ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización, cofinanciadas por el FEMPA
Resumen: La convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas a organizaciones de productores pesqueros en Cantabria para la preparación y ejecución de planes de producción y comercialización (PPYC), cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). Se busca fomentar la comercialización y transformación de productos pesqueros, mejorando la organización de mercados. Las ayudas son compatibles con el mercado interior y se ajustan a la normativa europea y local. Se subvencionarán planes correspondientes a la anualidad 2025, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la resolución y en las bases reguladoras.
BDNS: 890631