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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A CENTROS EDUCATIVOS Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS (AMPAS Y AFAS) DEL MUNICIPIO. EJERCICIO 2026.

Educación

La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas económicas a los Centros Educativos de Burjassot de enseñanzas obligatorias (educación primaria y secundaria) y sus Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS y AFAS), por la realización de proyectos de actividades extraescolares y/o actividades complementarias al proyecto educativo del centro y para colaborar en los gastos de funcionamiento ordinario. La finalidad es promover proyectos educativos de calidad que contribuyan a los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, la conciliación de la vida laboral y familiar, la igualdad de género, el respeto a la diversidad, el fomento del uso del valenciano y la participación comunitaria. Las actividades objeto de la subvención se desarrollarán desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.

BDNS: 900076 | Registro: 2026-04-20

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 35.000 euros, que se prorrateará entre los beneficiarios.
% Subvención Hasta un 40% de la subvención puede destinarse a gastos de funcionamiento ordinario. Los gastos derivados de proyectos educativos son subvencionables en su totalidad.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará en un único pago, previa justificación de la totalidad de los gastos. No se admitirán pagos anticipados ni a cuenta.
Gastos Subvencionables
Gastos derivados de proyectos educativos de calidad, gastos de funcionamiento ordinario (hasta un 40% de la subvención), y otros gastos estrictamente necesarios relacionados con la actividad subvencionada. No son subvencionables intereses, recargos, sanciones, gastos judiciales, y cuotas a federaciones de AMPAS y AFAS.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán obtener la condición de beneficiario los Centros Educativos de Burjassot de enseñanzas obligatorias y sus AMPAS y AFAS, debidamente legalizadas. Requisitos: estar al corriente de obligaciones fiscales y con el Ayuntamiento, estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales (en el caso de AMPAS y AFAS), no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones, y cumplir las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La concesión de esta subvención es compatible con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley General de Subvenciones, dar publicidad a la financiación pública, y presentar la justificación de gastos en el plazo establecido. Las entidades deben enviar pruebas gráficas de la publicidad de la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Número de alumnado con necesidades educativas especiales (máx. 10 puntos), 2) Porcentaje de alumnado con necesidades de compensación de desigualdades (máx. 10 puntos), 3) Participación en programas educativos promovidos por el Ayuntamiento (máx. 20 puntos), 4) Proyectos que contribuyan a los ODS (máx. 25 puntos), 5) Participación activa de alumnos y familias (máx. 10 puntos), 6) Fomento del uso del valenciano (máx. 15 puntos), 7) Coherencia interna entre actividades y presupuestos (máx. 10 puntos).

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A CENTROS EDUCATIVOS Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS (AMPAS Y AFAS) DEL MUNICIPIO. EJERCICIO 2026.
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas económicas a los Centros Educativos de Burjassot de enseñanzas obligatorias (educación primaria y secundaria) y sus Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS y AFAS), por la realización de proyectos de actividades extraescolares y/o actividades complementarias al proyecto educativo del centro y para colaborar en los gastos de funcionamiento ordinario. La finalidad es promover proyectos educativos de calidad que contribuyan a los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, la conciliación de la vida laboral y familiar, la igualdad de género, el respeto a la diversidad, el fomento del uso del valenciano y la participación comunitaria. Las actividades objeto de la subvención se desarrollarán desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
BDNS: 900076