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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS DE CARÁCTER CULTURAL EN LA PROVINCIA DE TERUEL 2026

Cultura

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para la edición de publicaciones periódicas de carácter cultural en la provincia de Teruel, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026. Se establece un régimen de concurrencia competitiva, donde se priorizarán las solicitudes en función de criterios específicos relacionados con la antigüedad de la publicación, la periodicidad de la misma, y el número de páginas y ejemplares editados. El importe máximo de la subvención es de 8.000 euros, condicionado a la existencia de crédito suficiente en el presupuesto de la Diputación Provincial de Teruel para el ejercicio 2026.

BDNS: 905252 | Registro: 2026-05-13

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 8.000 euros.
% Subvención La subvención puede cubrir hasta el 100% del coste de la actividad subvencionada, con un importe máximo de 8.000 euros.
Forma de Pago No se concederán anticipos de pago anteriores a la justificación de la subvención. El pago se realizará tras la presentación de la justificación correspondiente.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen todos aquellos relacionados directamente con el desarrollo de la actividad, salvo los de adquisición de bienes de inversión o inventariables. No se consideran subvencionables los gastos suntuarios, de hostelería, alojamientos, y aquellos que superen el valor de mercado. Se aplicarán límites establecidos para dietas y locomoción de personal según normativa vigente.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán acogerse a esta convocatoria todos los Ayuntamientos de la provincia de Teruel que editen publicaciones de difusión cultural. Los requisitos específicos incluyen: periodicidad mínima trimestral, un número mínimo de 21 páginas, una tirada mínima superior a 500 ejemplares por número editado, y una antigüedad superior a 2 años desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, siempre que el total no supere el coste de la actividad a realizar. El beneficiario debe comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones y presentar una relación de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones del beneficiario incluyen: aceptación de la subvención, realización de la actividad subvencionada, sometimiento a comprobaciones, comunicación de otras subvenciones obtenidas, y adopción de medidas para dar publicidad a la financiación recibida. Además, deben estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios para la concesión de la subvención son los siguientes: Antigüedad: 1 punto por cada 5 años de antigüedad (máximo 3 puntos); Periodicidad: 1 punto por bimestral, 2 puntos por mensual; Páginas de la publicación y número de ejemplares editados por tirada, con un baremo que otorga hasta 6 puntos dependiendo de la cantidad de páginas y ejemplares. Coste anual de la publicación: hasta 5.000 € (1 punto) hasta más de 25.000 € (6 puntos). El valor económico del punto se calculará dividiendo el total de la aplicación presupuestaria entre la suma de todos los puntos obtenidos por los solicitantes.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA EDICIÓN DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS DE CARÁCTER CULTURAL EN LA PROVINCIA DE TERUEL 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para la edición de publicaciones periódicas de carácter cultural en la provincia de Teruel, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026. Se establece un régimen de concurrencia competitiva, donde se priorizarán las solicitudes en función de criterios específicos relacionados con la antigüedad de la publicación, la periodicidad de la misma, y el número de páginas y ejemplares editados. El importe máximo de la subvención es de 8.000 euros, condicionado a la existencia de crédito suficiente en el presupuesto de la Diputación Provincial de Teruel para el ejercicio 2026.
BDNS: 905252