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LOCAL

Convocatoria de subvenciones de SALUD, año 2026.

Sanidad

Las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la salud para el año 2026 tienen como objetivo fomentar la iniciativa de estas asociaciones en la mejora y promoción de la salud. Las líneas de actuación incluyen programas de promoción de estilos de vida saludables, apoyo a asociaciones de enfermos y familiares, estimulación precoz, rehabilitación educativo-asistencial, integración de personas con discapacidad, y actividades de difusión y autonomía personal. Las ayudas se concederán bajo principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, y se financiarán con un total de 164.000 euros.

BDNS: 908824 | Registro: 2026-05-28

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 12.000 euros, y el total de subvenciones a otorgar es de 164.000 euros.
% Subvención La subvención no excederá del 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 12.000 euros por proyecto.
Forma de Pago El 70% de la subvención se pagará tras la concesión, y el 30% restante se pagará al justificar un gasto superior en al menos un 5% a la subvención concedida.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: 1) Gastos de personal (máximo 85% del importe a justificar), 2) Alquiler de local, 3) Gastos de gestión, 4) Material de oficina, 5) Suministros (luz, gas, internet), 6) Otros gastos relacionados con el programa. No se aceptan intereses, gastos judiciales, impuestos recuperables, ni gastos personales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, que tengan sede social o delegación permanente en Burgos. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener deudas pendientes con la Administración Pública. Además, no pueden haber recibido subvenciones anteriores sin justificación.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no podrán superar el coste total del programa presentado y no se podrán recibir otras ayudas que superen este coste. Las asociaciones que tengan convenios o subvenciones nominativas con el Ayuntamiento en materia de salud no podrán solicitar estas subvenciones.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las asociaciones deben cumplir con el objetivo del programa, justificar el gasto, someterse a comprobaciones, comunicar otras subvenciones recibidas, y hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la publicidad de las actividades.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se realiza sobre una escala de 0 a 40 puntos, considerando el impacto total (número de personas alcanzadas) y el número de actividades realizadas. Asociaciones con 50 socios o menos tienen diferentes baremos que aquellas con más de 51. No hay umbral mínimo de puntuación para recibir subvención, pero entidades con 0 puntos no recibirán ayuda.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria de subvenciones de SALUD, año 2026.
Resumen: Las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la salud para el año 2026 tienen como objetivo fomentar la iniciativa de estas asociaciones en la mejora y promoción de la salud. Las líneas de actuación incluyen programas de promoción de estilos de vida saludables, apoyo a asociaciones de enfermos y familiares, estimulación precoz, rehabilitación educativo-asistencial, integración de personas con discapacidad, y actividades de difusión y autonomía personal. Las ayudas se concederán bajo principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, y se financiarán con un total de 164.000 euros.
BDNS: 908824